24/07/2018 14:55 Escrito por: Lisi |
Buenos días, Tengo un tema que me han consultado que nunca se me ha dado el acaso y tampoco sé si es posible o como sería la mejor manera de hacerlo. Resulta que un autónomo se jubilio en mayo y desde entonces se dio de alta la mujer como aut¡onomo para continuar con la empresa. Ahora resulta que no encuentra a nadie para trabajar con la mujer y tiene que ie el jubiliado. Entonces él me dice que darlo de alta con jubilacion paracial con laa mujer? Habéis tenido algún caso similar? al estar ya jubilado de hace unos meses esto se podría hacer ahora? |
25/07/2018 08:09 Escrito por: jam |
Y la jubilacion activa? creo que le convendria más que la parcia |
25/07/2018 11:00 Escrito por: Lisi |
Nunca he hecho nada de esto. Lo preguntaré en seguridad social. |
25/07/2018 11:36 Escrito por: ramsey |
Se estará refiriendo a jubilación activa. La jubilación parcial es para trabajadores por cuenta ajena El nuevo criterio de gestión 1/2018 por el que se "aclara" los requisitos para percibir el 100% de pensión en la situación de jubilación activa de los trabajadores autónomos, y que en síntesis queda así: 1.- Solo para autónomos PERSONA FÍSICA que contrate o tenga contratado a un trabajador por cuenta ajena, incluso a tiempo parcial sin mínimo de jornada establecido. 2.- Solo es válida la contratación de familiares si éstos quedan incluidos en RGSS. 3.- La contratación debe estar referida a un puesto de trabajo relacionado con la actividad/es que dieron lugar a la inclusión en el RETA del empresario contratante, por lo que NO SE ADMITE LA CONTRATACIÓN DE UN EMPLEADO DE HOGAR. 4.- Este nuevo criterio afecta solo a las jubilaciones activas reconocidas a partir del 15.07.2018, por lo que las ya aprobadas antes de esa fecha se mantienen y no serán objeto de revisión. |
25/07/2018 17:43 Escrito por: SENSASOLA |
Lisi yo creo que Si puede hacer una Jubilación flexible, que permite trabajar al regimen general con contrato a tiempo parcial maximo del 50% y cobrar el resto de jubilación comunicando a la Seguridad Social que trabajara a tiempo Parcial. Saludos.
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26/07/2018 07:58 Escrito por: Lisi |
Buenos días, Muchas gracias por vuestras repuestas. Lo que me comentaron en seg social que no podía darse de alta en regimen general, que deberia de ser colaborador. Así me dijeron el cobraría el 50 % de la pensión y pagaría 100 € de autónomo aprox. Espero que me informaran bien, porque aquí últimamente están un poco perdidos... |
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