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Normal TRASLADO DE TRABAJADORES

10/11/2011
13:16

Escrito por:
lola

Buenos dias:

Tengo un cliente que tiene un restaurante en Murcia, donde tiene a sus trabajadores prestando servicios en dicho restaurante, ahora ha abierto otro restaurante en la "Sagra" Granada, con lo que hemos tenido que abrir otro codigo de cotizacion para dar de alta a los trabajadores que presten sus servicios en el restaurante de Granada, pero ahora me pregunta que cuando necesite mas personal en Granada para eventos puntuales (tales como la preparacion para nochevieja, necesitaria a gente para quince dias), si podria disponer de los de Murcia, haciendoles un escrito donde venga el acuerdo de traslado, comentaros que parte del personal de Murcia es fijo, y en Murcia se rigen por el convenio de hosteleria de la region de Murcia, y en Granada se rigen por el convenio de hosteleria de la provincia de Granada.

Espero vuestras respuestas

10/11/2011
13:44

Escrito por:
lola

Tambien me gustaria saber en el caso que fuera posible lo que expongo en el punto anterior, que procedimiento habria que seguir a nivel de Tesoreria?.

Gracias

11/11/2011
09:48

Escrito por:
ROSAMAL

Entiendo que no hablamos de movilidad geografica ya que es algo puntual y de caracter definido.Podemos estar hablando de centro itinerante....??me parece bastante curioso el caso que propones....investiguemos pues¡¡

 

11/11/2011
10:15

Escrito por:
lola

Efectivamente no consideramos que hablemos de movilidad geografica.. lo consideramos mas como desplazamiento temporal, ya que como bien decimos es para casos puntuales, nuestra duda es que tratamiento le damos a esos trabajadores en seguridad social, podriamos cursar bajas con el cogido 99 y darlos de alta manteniendole el fic especifico?... pero esto se haria en el caso que el evento por que fueran desplazados fuera por lo menos de quince dias, porque seria una locura estar procesando bajasy altas en cada cuenta de cotizacion.

Estamos hechas un lio, y luego si necesitara a algun trabajador para un hecho puntual por ejemplo una feria o exposicion de alimentacion, donde necesite la empresa disponer por ejemplo de una camarera para ofrecer la desgustacion, en otra provincia por un dia, en este caso no es necesario abrir una ccc para dar de alta a esa trabajadora por un dia  verdad?...

Espero vuestra ayuda.

Gracias

11/11/2011
10:45

Escrito por:
BS ASESORES

ummm, al ser un desplazamineto temporal le tendras que pagar el sueldo del convenio de Murcia, que es realmente su centro de trabajo y como se tiene que desplazar a otra provincia a realizar su trabajo le tendras ademas que pagar dietas.

A nivel de seguridad social creo que no tienes que hacer nada, por ejemplo una encargada de una tienda de zapatos, que tiene su centro de trabajo en murcia y cada tres meses cuando viene zapatos nuevos se tiene que desplazarse a Granada para ver la muestra de zapatos y dicha empresa tiene zapateria en granada, pero la encargada de comprar los zapatos es la trabajadora de Murcia.No tiene mucho sentido que la tengas que dar de baja en numero pratonal y darle de alta en el otro. 

11/11/2011
11:57

Escrito por:
ROSAMAL

Yo creo que no hace falta abrir codigo de cuenta de cotizacion para desplazamientos temporales....de todas formas para asegurarte llama a Tesoreria. Nosotros particularmente cuando una empresa de construccion esta trabajando en centros itinerantes po toda Espala , los trabajadores estan dados de alta en el CCC de Córdoba y ya esta.

11/11/2011
12:31

Escrito por:
ROC

A mi  me ha pasado algo paracido y en Tesoria te dicen que si no van a trabajar mas de tres meses en otra provincia no tienes que dar de alta a un CCC nuevo, es mas hemos tenido Inspecciones de Trabajo en Guadalajara, Valencia y el nº CCC era el principal de Madrid. Jamas han dicho nada los Inspectores. 

11/11/2011
12:40

Escrito por:
lola

Ok hasta hay esta todo claro, pero si leeis mi primera consulta, expongo tambien el caso que los trabajadores de Murcia tengan que desplazarse a Granada por mas tiempo por ejemplo es el caso de ahora que vienen las fiestas navideñas y necesitarian estar como minimo quince dias en Granada llevando a cabo la atencion de la gente que pasara alli por el restaurante que tienen en la sierra de la Sagra, entonces para este tipo de casos si seria necesario proceder en tesoreria a una baja con el codigo 99 y un alta en el ccc de Granada?....

Gracias.

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