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Normal SANCION POR 190 FUERA DE PLAZO

10/07/2012
20:10

Escrito por:
rosado

Alguien sabe que sanción tendria presentar ahora un modelo 190 del 2011 . Se me olvidó meter las dietas de 10 trabajadores.  No sería para ingresar ningún importe por lo que no hay perjuicio económico ya que el modelo si se presentó en su día pero no con todos los datos.

Gracias

10/07/2012
20:30

Escrito por:
ISMAIS

creo que lo que hay que hacer es complementaria al 190, ya que si presentas otro igual duplicas datos. y pienso que no tendria sancion, pero si todos esos trabajadores deberan hacer una complementaria el año que viene de la renta de 2011, puesto que si no lo has declarado en el 190 a ellos no les aparece en los datos fiscales.

un saludo

11/07/2012
08:57

Escrito por:
1972

Si tienes certificado de colaborador social intenta modificarla a traves de la opción consulta y modificacion de declaraciones informativas. En el peor de los casos te tomarian la declaracion como una complementaria y la sancion si no recuerdo mal sería de 150 Euros.

11/07/2012
16:32

Escrito por:
FRANCISCO ARBOL

Si son dietas, no tributan en IRPF por tanto los trabajadores no deberán de modificar la declaración. Eso es en caso de que sea otro tipo de concepto salarial, pero las dietas no. Ahora bien, debes de modificarlo porque en Hacienda cruzan datos del 190 y si no coinciden con la contabilidad es más probable que llamen. Saludos

11/07/2012
19:53

Escrito por:
SH1972

Yo probaría  lo que dice "1.972", con un certificado de colaborador modificar el modelo 190. Si no pudiera ser, antes de presentar una complementaria, que llevaria sancion,  presentaría un escrito( que no lleva sanción) ante la agencia tributaria explicando lo sucedido,solicitando a la administración que hagan el cambio.Saludos...

13/07/2012
14:36

Escrito por:
angelj1969

A mi me ha pasado y he corregido directamente a traves de la web, con el certificado. Como lo de la web antes pasa por los de informatica, estos lo unico que hacen es validar los datos, pero no generan declaraciones complementarias sino una correccion de datos.

Lo mas importante, no ha salido sancion ya que en lo referente a la modificacion de datos por los colaboradores sociales tenemos una laguna legal, no pueden sancionar porque legalmente no estas presentando ni complementaria ni sustitutiva, equivaldria al escrito de modificacion de datos al que hace referencia SH1972

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