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Normal PRESTACIÓN POR DESEMPLEO: ELEGIR ANTIGUA O NUEVA??

03/03/2010
12:26

Escrito por:
1978

Hola a todos. Voy a hacer mi consulta poniendo un ejemplo para que lo entendamos mejor:

 

Una persona se queda en el paro, solicita prestación, se la conceden y empieza a disfrutarla.

 

Al cabo de un tiempo encuentra trabajo, suspende la prestación y se incorpora a trabajar.

 

Al cabo de un año vuelve a quedarse parado, acude a la oficina de empleo a solicitar su

prestación y le dicen: “tiene que elegir entre retomar la prestación antigua que quedó pendiente o pedir la prestación que se ha generado por la nueva contratación”. Esta persona elige retomar la antigua.

 

Y las preguntas son:

.- ¿Una vez agotada esa prestación antigua podrá pedir la nueva prestación que generó con su última contratación??

.- En caso de que en el nuevo trabajo hubiera estado menos de un año y no hubiera generado prestación, ese tiempo acumula con futuras contrataciones a efectos de pedir prestación??

 

En el inem no me aclaran el porqué de todo esto. Porque dan a elegir entre una u otra. Que pasa con la que no se coge, etc.

03/03/2010
12:37

Escrito por:
ramsey

.- ¿Una vez agotada esa prestación antigua podrá pedir la nueva prestación que generó con su última contratación??

 

 

No

 

.- En caso de que en el nuevo trabajo hubiera estado menos de un año y no hubiera generado prestación, ese tiempo acumula con futuras contrataciones a efectos de pedir prestación??

 

Si

 

Porque dan a elegir entre una u otra

 

Por que así lo establece la ley.

 

Todo lo dicho salvo mejor opinión.

 

03/03/2010
12:44

Escrito por:
F1969

buena contestacion, clara y concisa. y mas claro el agua

03/03/2010
12:47

Escrito por:
1978

Gracias.

Ok, una vez agotada la antigua no puede pedir automaticamente la que generó con el último trabajo.

Lo trabajado en el último periodo acumula siempre para futuras prestaciones, sea superior o inferior a un año?? O solo en el caso de ser inferior a un año?? Es decir, si en el nuevo trabajo estuvo un año, generó 4 meses de prestación y optó por la antigua... cuando vuelva a trabajar otra vez, 1 mes por ejemplo, y a quedarse parado de nuevo, suma el año y el mes.

Cuando preguntaba el porqué de esto (ya se que así lo establece la ley) me refería a si alguien sabía la filosofía de la norma: "esto se hace así para evitar tal tal o tal fraude... o tal tal o tal abuso..."

03/03/2010
13:05

Escrito por:
ramsey

Si el trabajador opta por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron la nueva prestación por la que no ha optado, no podrán computarse para el reconocimiento de un derecho posterior.

Elucubrando... la filosofia de la norma es que no se eternizase el cobro y generación de prestaciónes, de la misma forma que se cortó de raiz eso de causar en una empresa estando de baja por enfermedad... tirarse un año de baja... y después cobrar el desempleo.

 

Un saludo.

03/03/2010
13:24

Escrito por:
1978

Resumiendo: Cuando uno opta por la prestación anterior, "pierde" lo nuevo si o si, independientemente de que esto nuevo sea inferior a un año (no ha generado nada) o superior a un año (ha generado nueva prestación).

Entiendo, por tanto, que mientras se tenga y se disfrute una prestación antigua, nuevos periodos trabajados no computan??

Gracias elnuevo, un saludo.

03/03/2010
13:28

Escrito por:
ramsey

No.

Si el trabajo ha sido inferior a un año no genera prestación, no se le da a elegir y no lo pierde.

Si el trabajo ha sido superior a un año genera prestación, se le da a elegir y la que no haya elegido es la que pierde.

Un saludo.

03/03/2010
13:35

Escrito por:
1978

Eso es lo que yo quería oir. Muchas gracias.

Uno pierde la prestación que no haya elegido y ponemos el contador a cero.

Podrá seguir retomando la prestación antigua, hasta que genere una nueva prestación y le den a elegir, perdiendo la que no elija.

Tiene su lógica, pero a la gente le cuesta entenderlo... antes he entrecomillado "pierde" porque ni se pierde ni se gana nada. La gente cree que la prestación por desempleo es un fondo de ahorro que les pertenece, y no es así. Es una cobertura que tienes durante el tiempo que te haga falta, con los límites que establece la ley y con la seguridad de que no te vas a eternizar.

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