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Normal retención eventuales agrícolas

08/04/2015
14:21

Escrito por:
macamobe

Os agradezco a todos que hayais compartido conmigo vuestro tiempo y conocimientos.

Ya lo tengo todo resuelto.

Efectivamente  después de estudiar el asunto he recopilado varias Consultas Vinculantes de la DGT de dsitintos años en las que se reitera el criterio de que NO HAY QUE RETENER EL MINIMO DEL 2% CUANDO SE TRATA DE TRABAJOS MANUALES DIARIOS. Comento esto porque no me parece lógico asesorar al cliente para que pague la retención del 2% simplemente por curarnos nosotros en salud.

Tras hablar con la AEAT me dicen que ahora están controlando la clave del tipo de contrato consignada en el 190, y si no está puesta la clave 4, automáticamente le recalculan el 2% a todos los trabajadores que no han presentado la Renta.

La solución es presentar unas alegaciones junto con justificante de que la relación es diaria(informe de jornadas reales) , como muy bien dice "1984" .

Gracias por vuestra ayuda.

 

 

08/04/2015
17:24

Escrito por:
1978

Y como comunicamos ahora esa clave 4 para el ejercicio 2013? Es que a ver si voy a solucionar la regularización de hacienda pero nos van a cascar multa por modificaciones fuera de plazo. Ya me pasó una vez.

08/04/2015
17:48

Escrito por:
macamobe

entiendo que es mejor esperar requerimiemto por parte de aeat y entonces presentar escrito de alegaciones.

quizás no recibas nada.

08/04/2015
18:23

Escrito por:
1978

Lo decía porque ya le ha llegado a un cliente una regularización de 2012 y otra de 2013.

La definición del tipo 4 de la tabla de contratos dice: "Relación esporádica propia de los trabajadores manuales que perciben sus retribuciones por peonadas o jornales diarios, a que se refiere la regla 2ª del articulo 82.2 del Reglamento del Impuesto", pero no consigo encontrar es la regla 2ª del artículo 82.2, del reglamento, para asegurarme de lo que quiero decir.

¿Alguien la tiene?

09/04/2015
13:34

Escrito por:
Info_As

Buenas...

Yo estoy revisando las claves en los agrícolas que envié en 2014 y tengo en algunos la clave 4 que indica macamobe...supongo que los programs de nóminas automaticamente llevan esa clave dependiendo de la temporalidad de la contratación...en otros tenía la 1 y he mirado para comprobar el por qué y veo que son poque han estado unos 6 meses...(quizá los programas tienen marcado cuando se debe de realizar automaticamente la vairación...) en otros tengo la clave 2( Contratos o relacion de duración inferior a  1 año, con excepción de los supuestos del codigo 4) que es el que estamos comentando que son los de peonadas....

Quiero decir que los programas aplican las claves dependiendo del tiempo en alta...Yo a los que tienen todo el año (mas o menos) siempre rotando en otros trabajos de temporada les pongo el 2.  Y los que son solo para temporada 0

09/04/2015
17:27

Escrito por:
1984

nominaplus por defectos deja la 1, nominasol hay que ponerlo, sino lo deja en blanco

10/04/2015
11:39

Escrito por:
Info_As

A3NOM Si que lo hace automaticamente siguiendo los criterios que comenté.

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