17/03/2010 17:34 Escrito por: titi |
Buenas tardes a todos: En el caso que expongo, un bar tiene que despedir a su empleado porque no le renuevan el contrato de alquiler. ¿Veis base para despedir por despido objetivo e indemnizar por 20 dias?. En los sitios que estoy consultando se decantan por despido improcedente de 45 días. |
17/03/2010 17:54 Escrito por: ramsey |
Existen dudas acerca de si puede considerarse la extinción que planteas como de fuerza mayor, por entender que es un acontecimiento previsible, por lo que si es inviable la continuidad de la empresa, los despidos deben tramitarse como despido colectivo o como extinción por causas objetivas en función del número de afectados. Todo lo dicho según STS de 8 de julio de 2008, u.d. Tol 1378351 y salvo mejor y fundada opinión. Por tanto 20 días por año.
Un saludo. |
17/03/2010 20:00 Escrito por: almuana |
Si hace un traspaso del local y saca dinero, no va a poder justificar un despido económico. |
18/03/2010 09:57 Escrito por: ramsey |
Pero la cuestión planteada no es un traspaso, nos comenta titi que no le renuevan el contrato de alquiler. Si ánimo de crear polémica no liemos la cosa... si nos podemos a divagar.... si hay un traspaso habría suborogación y eso es otro cantar. Un saludo. |
19/03/2010 10:02 Escrito por: rafasemar |
hola, se me adelantó elnuevo, yo iba a comentar el mismo aspecto, que era que si se dice fin de alquiler, no es traspaso, puesto que implicaria por una parte la posibilidad de cobro economico, asi como la figura de la subrogacion empresarial.Un saludo. |
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