24/09/2016 09:28 Escrito por: SILVIETA |
Buenos dias, a ver si alguien puede ayudarme con un tema. Resulta que tengo un holding de empresa, tengo la empresa A,B, C que dependen de la empresa matricial, en la que en las 3 empresas tienen el mismo administrador. Ahora crean una empresa D, y quieren pasar dos trabajadores de la empresa C a la D En la TGSS me han dicho que no es subrogación, que de de baja a los trabajadores con código 54 (cambio entre cuentas de cotización dentro de la misma empresa o grupo de empresas), y que los de de alta en la nueva empresa con FIC especifico para poder mantener las bonificaciones de estos dos contratos Yo sinceramente, cada vez que voy a la seg social me cuentan un cuento diferente y no me fio, como creeis que hay que actuar? La empresa quiere lo mejor para los trabajadores, mantener salario, antiguedad etc (vaya una de esas empresas módelicas que poco abundan) y yo no se si debo liquidarlos ya que cambian de CCC y no se trata de una subrogación, o como debo hacerlo, porque si el contrato siguie vigente para mantener las bonificaciones, debo comunicar algo al SEPE? Muchas gracias por vuestra ayuda
|
26/09/2016 11:22 Escrito por: ramsey |
SILVIETA.... es tal y como te han dicho... Baja con código 54 Alta en el nuevo CCC con FIC especifico De esta manera se te mantienen bonificaciones... He hecho un cambio hace poco de 20 y tantos trabajadores y sin problema..
Saludos. |
26/09/2016 11:30 Escrito por: SILVIETA |
Gracias Ramsey, entiendo entonces que no hay que liquidar ni nada, escrito entre empresa y trabajador manteniendo antigüedad etc y al sepe comuncias algo? Merci |
26/09/2016 13:29 Escrito por: ramsey |
No hay que liquidar nada... Y en el SEPE, pues comunicas la subrogación por donde toca hacerlo |
Página 1 de 1 |