26/02/2018 17:33 Escrito por: millenium555 |
buenas tardes en un despido objetivo, en el que no se va a conceder el preaviso de 15 dias, sino que se le va a indemnizar, esa indemnizacion tribura, pero cotiza si o no?
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26/02/2018 18:39 Escrito por: mamen |
TE DIRIA QUE cuando empezo el boon de os despidos objetivos al principio de la crisis, nosotros no cotizabamos, pero desde que todo cambio y todo cotiza no sabria que decirte, bueno quizas mas bien siiii |
27/02/2018 09:20 Escrito por: Curichi |
Buenos días, Particularmente nunca lo he tenido muy claro pero recientemente he tenido acceso a una opinión autorizada (presuntamente) que afirma que efectivamente a efectos de IRPF lleva retención pero que NO cotiza a la Seguridad Social por tener la consideración de indemnización. Finalizando el artículo con el siguiente párrafo: "Por si hubiera dudas en esta cuestión, la propia Seguridad Social le atribuye carácter indemnizatorio, ya que incluye este concepto en el código 0054 del fichero CRA (entre los conceptos 0051 y 0054 se incluyen las indemnizaciones)."
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27/02/2018 09:42 Escrito por: millenium555 |
Buenos dias , si está claro que tiene caracter indemnizatorio y la seg social lo excluye de cotizacion pero el caso es que todo el mundo, o la mayoria, cotiza por el
puede ser que haya alguna sentencia al respecto
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27/02/2018 18:03 Escrito por: INVERPLATA |
Según el Memento, que es una fuente fidedigna: no tiene carácter salarial sino indemnizatorio, no estando sujeta a cotización a la Seguridad Social, lleva IRPF |
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