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Seguridad Social y Sistema RED

Normal plan de empleo

15/02/2024
12:32

Escrito por:
elp

  ME PODRIAIS DECIR SI ALGUIEN YA HA HECHO EL PLAN DE PENSIONES OBLIGATORIO A LOS TRABAJADORES DE CONSTRUCCION? HE LEIDO QUE ES RETROACTIVO AÑOS ATRAS

MUCHAS GRACIAS

16/02/2024
09:40

Escrito por:
oto

HOLA, YO TENGO QUE HACERLO. PARECE QUE ES A TRAVÉS DE VIDACAIXA, HAY QUE DARLOS DE ALTA E IR HACIENDO LAS APORTACIONES MENSUALES. eN CUANTO A LA NÓMINA SUPONGO QUE SÓLO COTIZA A RENTA POR LOS IMPORTES

19/02/2024
17:38

Escrito por:
anular

Buenas tardes,

Alguien lo ha tramitado? si no es cliente de la Caixa, la alta client la tiene que hacer la empresa directamente? y tiene que tener cuenta? o un traspaso de otro banco hacia el plan por el importe es sufuciente? comisiones hay? y algun rendimiento para el trabajador, o solo el capital aportado. Que solo sea a traves de una entidad y que ya haya calculado los importes que van recaptar, no me da confianza.

Muchas gracias.

 

20/02/2024
10:01

Escrito por:
agesem

Esto me parece una locura, a parte de lo que pregunta ''anular''.

¿Lo esta tramitando las asesorias? o lo hace directamente la empresa con la caixa?

y otra cosa como hay que indicar en la nómina mensualmente esas aportaciones?

 

Esto nos tiene un poco descolocados.

 

GRACIAS.

28/02/2024
12:18

Escrito por:
oto

En vidaCaixa hay una guía. Y parece que desde enero de 2023 cotiza a la seguridad social pero tienen una reducción del 100 por 100 en contingencias comunes que para aplicarla hay que comuniucarlo todo los meses a Tesorería trabajador y cantidad. En cuanto a IRPF creo que no cotiza

28/02/2024
21:00

Escrito por:
ADMINISTRADOR1

Buenas tardes. Lo tiene que contratar directamente la empresa con vidaCaixa, y darlo de alta la empresa todo. En cuanto a la nómina, no cotiza a IRPF, se informa como un concepto en especie, y para que este bonificado por la Seguridad Social, hay que comunicar todos los meses una situación adicional de afiliación, pero lo que no tengo claro es el plazo para hacer esa comunicación. Tambien, en lo que he leido, creo que los atrasos de 2022 y 2023 no se pueden bonificar, tengo la duda sobre si hay que hacer una nómina con esos años o como hacerlo. ¿Alguien tiene claro ese aspecto? Gracias

 

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