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01/02/2012 18:22 Escrito por: rubor76 |
En caso de despido reconocido improcedente: 1. Excluido de las bonificaciones en un periodo de 12 meses desde el reconocimiento de improcedencia, con paridad: 1-1. ¿Qué ocurre con las bonificaciones ya existentes en la empresa por contratos celebrados con anterioridad? 2. La exclusión de 12 meses es por despidos reconocidos o declarados improcedentes y despidos colectivos. ¿Qué ocurre con los despidos objetivos individuales? Si el despido es disciplinario ¿Cómo se declara/demuestra la “procedencia” del mismo, si no hay demanda por parte del trabajador? |
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