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02/02/2012 18:48 Escrito por: NOVA |
Buenas tardes, necesito saber el artículo de la LGSS que no lo encuentroo..que refleja el tiempo máximo de puede tener una persona para cobrar la prestación por desempleo que dentro de los 6 últimos años ha estado cotizando en el RETA los dos últimos años de su vida laboral es que creo que son como máx dos años para que no te la concedan..pero me dicen por aquí que es un año no sé si me he explicado bien saludos y gracias |
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02/02/2012 19:25 Escrito por: bogie |
Estoy casi seguro que son dos años pero no encuentro la legislacion donde lo pone. |
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02/02/2012 19:34 Escrito por: NOVA |
eso me pasa que lo sé y sé donde se encuentra la norma pero no hay forma de encontrarla..me aburrí de buscarla gracias bogie yo tb digo que son dos pero la gente ya te pone en duda
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03/02/2012 09:07 Escrito por: Santi |
Art. 213.1.d Real Decreto Legislativo 1/994, de 20 de junio (regula la extinción) , el Art. 212.1.d la suspensión. Si, son 24 meses. Saludos. |
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