03/05/2013 12:32 Escrito por: JAVIERHS |
Hola, Tengo un cliente que es administrador único de una sociedad limitada, la empresa es una instalación fotovoltáica, es decir, una instalación con placas solares. La empresa no tiene otra actividad y hasta la fecha no tenía trabajadores. Ahora se ha contratado una administrativa a tp 2h a la semana y, sorpresa, al administrador la TGSS lo ha dado de alta de autónomo de oficio. ¿Alguien me puede aclarar si es normal?. No estoy seguro si el criterio es por haber dado de alta a la trabajadora lo que ha inducido a dicha alta o que la situación que vivimos hace buscar cosas a la TGSS, en fin, y para más inri resulta que el administrador es extranjero y ahora se va a vivir fuera de España. Muchas gracias. |
03/05/2013 13:45 Escrito por: muylegal |
Entiendo que por ser administrador único de la sociedad debería estar de alta en RETA desde el inicio (constitución de la sociedad). Me temo que te podrían pedir autónomos desde la constitución de la SL. ¿la SL no tenía nadie de alta en autónomo? |
03/05/2013 13:59 Escrito por: Susana13 |
Si una empresa tiene actividad y tiene ingresos, se entiende que alguien está trabajando, entonces si no hay trabajadores que hagan el trabajo ¿quién lo está haciendo? . Cae de cajón que lo está haciendo ese administrador, por eso lo dan de alta, no puede haber una actividad en la que no trabaje nadie, es tan sencillo como eso, salvo que tenga duendes. |
03/05/2013 16:03 Escrito por: JAVIERHS |
Aqui tengo el problema que la empresa la actividad de la empresa son las placas solares que ya estan instaladas y la actividad es al producción de las mismas son los ingresos de la empresa, no hay nada más. |
03/05/2013 16:07 Escrito por: JAVIERHS |
Gracias por las respuestas, pero los duendes que dice Susana13, serían los rayos de sol que producen la energía electrica y que se convierten en ingresos a la empresa, es decir, un señor compra una planta de placas solares y éste señor no hace nada en la empresa, lo único firmar las cuentas anuales, la tramitación de los impuestos lo hace una gestoría. En fin, espero que alguien me aporte algún rayo de luz más. |
03/05/2013 16:58 Escrito por: Susana13 |
Entonces es un tema que tienes que aclarar con Tesorería, que te expliquen porqué lo han dado de alta y tú explicarles la realidad de la empresa. En todo caso, piensa que una empresa no se mueve sola, no sé, es mi opinión |
03/05/2013 17:23 Escrito por: JAVIERHS |
Un apunte más a ésta duda que he planteado, si existe realmente obligación de estar de alta de autonomo la obligación permanecerá si el administrador está viviendo en el extranjero?. Me resulta extraño que viviendo en el extranjero pueda estar como autonomo. En fin, tendremos que hablar seriamente con la Administración que ha tramitado de oficio el alta de autonómo y hacerles entender la peculiaridad de la empresa y del administrador. |
06/05/2013 10:48 Escrito por: muylegal |
Buenos días Javier. Estoy de acuerdo con Susana13. Por mucho que hables con tesorería te van a decir que tiene que cotizar en autonómo el administrador.
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06/05/2013 11:34 Escrito por: MBLABORAL |
Buenos días. Supongo que Tesorería habrá tomado como fecha de efectos del citado alta, la fecha de inicio de actividad, es decir, la fecha de alta en 037. En cuanto a la obligación o no de alta del administrador, la cuestión que determina su alta en RETA es el porcentaje de participaciones que tiene, y no el lugar dónde se encuentra. |
06/05/2013 11:39 Escrito por: JAVIERHS |
Siendo administrador de una sociedad limitada, con domicilio en el extranjero dicho administrador corresponde cotizar de autonomo? |
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