09/07/2013 14:45 Escrito por: pedro59 |
Haber que opináis: Tengo un cliente del sector de la construcción que ha subcontratado para una obra a dos autónomos. Pues bien, tras la visita de la inspección , le levantan acta de infracción al consierar que estos dos autónomos tendría que estar dados de alta en el regimen general y les dan de alta a los dos en regimen general de oficiio desde las fecha que dicen estos dos autonómos que están en la obra. Además le levantan acta de sanción y las correspondientes liquidaciones de este periodo con el 20% de recargo desde Octubre 2012 a Abril 2013. Dicen en la inspección que consideran que estos dos empleados carecen de los medios necesarios de construcción para poder estar dados de alta como autónomos, y por lo tanto consideran que deben de estar en regimen general.
Me gustaría saber vuestras opiniones. |
09/07/2013 14:52 Escrito por: KATOM |
LA EMPRESA QUE LOS CONTRATO NO TIENE EN REGIMEN GENERAL A NADIE?
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09/07/2013 17:16 Escrito por: ramsey |
El articulo 5 de la Ley de Subcontratación en la Construcción establece que: El contratista podrá contratar con las empresas subcontratistas o trabajadores autónomos la ejecución de los trabajos que hubiera contratado con el promotor. ¿de que trabajos estamos hablando para que consideren que no tienen medios? ¿existia contrato con el contratista tal y como establece la ley en la definición de autónomo? articulo 3 g. Trabajador autónomo: la persona física distinta del contratista y del subcontratista, que realiza de forma personal y directa una actividad profesional, sin sujeción a un contrato de trabajo, y que asume contractualmente ante el promotor, el contratista o el subcontratista el compromiso de realizar determinadas partes o instalaciones de la obra. ¿estaban debidamente anotados en el libro de subcontración? |
09/07/2013 17:25 Escrito por: mamen |
hola, a una empresa nuestra le paso igual es lo que algunos inspectores llaman falsos autonomos y consideran que hay dependencia ,ajeneidad y... algo mas que no recuerdo, tambien nos sancionaron y levantaron las liquidaciones correspondientes. Pero esta claro que a todas las empresas no las tratan igual y buscan por donde les parece porque por todos es sabido qe en los hospitales privados de Malaga los medicos, fisios..... estan todos de autonomos ( que yo sepa ninguno pone ningum medio de trabajo que no sea sus conocimientos y sus manos)y parece ser que ganaron el tema en juicio, estoy loca por hacerme con un contrato mercantil de algun hospital( aprovecho la ocasion si algun compañero lo tiene) para ver como lo consiguen.... porque ya os digo mi experiencia al respecto fue mala |
09/07/2013 17:27 Escrito por: mamen |
bueno nuestra actividad no era construccion era una clinica de rehabilitacion.... |
09/07/2013 19:23 Escrito por: lagocoll |
A MI ME HAN HECHO VARIAS INSPECCIONES DE ESTE TIPO EN CONSTRUCCION Y PRESENTAMOS CONTRATOS DE ARREDAMIENTO DE SERVICIOS CON LOS AUTONOMOS Y NO ME DIJERON NI MU, Y CONSTE QUE YO CREIA QUE AL MENOS UN TOQUE ME IBAN A DAR |
09/07/2013 20:56 Escrito por: pedro59 |
LOS DOS AUTONOMOS SE ENCONTRABAN DADOS DE ALTA EN HACIENDA MODELO 036 Y EL SEGURIDAD SOCIAL EN REGIMEN DE AUTONOMOS. ESTAN INSCRITOS EN EL LIBRO DE SUBCONTRATACIÓN.
TENÍAS FIRMADO CONTRATO CON EL CONTRATISTA Y REALIZAZO PRESUPUESTO DE OBRAS QUE LE FUE ENCARGADA. |
10/07/2013 17:49 Escrito por: mamen |
volviendo a leer nuevamente tu escrito, concretamente que hacian en la obra es que es muy relativo , es que acaso ellos dijeron que no ponian ni siquera el palustre( por poner un ejemplo) y otra cosa durante ese tiempo ellos solo han trabajado en esa empresa no tienen ni siquiera una factura para otras obras o empresas........... el alta de autonomo coincide con el inicio de la obra en cuestion o es anterior.... enfin es por poder determinar que el abanico de trabajo de ellos era mas amplio y anterior a este trabajo |
31/07/2013 17:56 Escrito por: IMBEROSIMIL |
Estoy con Archer subcontratación, y Mamen como algún trabajador de esos de los hospitales denuncie les arrean. Lo digo por experiencia también trabajador que cuando le despiden o le rescinden el contrato mercantil denuncia y a juicio. Por cierto juicio perdido. |
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