18/03/2014 11:47 Escrito por: LOLO |
hola, alquien me puede informar como va este tema. Hace tiempo que no he tenido ningún trabajador agricola con contrato temporal que coja baja de enfermedad, el caso es que en febrero contrate trabajador agricola con contrato 401, y ahora en marzo trae una baja, yo se que antes pasaban a cobrar del INSS, pero la verdad ahora no se si sigue igual. Alguien me puede explicar porfa como va este tema ahora. Gracias |
18/03/2014 11:58 Escrito por: CPL |
Buenas LOLO, si esta por jornadas reales, comunicas las jornadas que haya realizado y debes de comunicar tb las jornadas previstas segun el contrato, y le puedes dar de baja. Le tienes que hacer un certificado de empresa especial del regimen agrario baja por it, el trabajador es el que tiene que presentarlo y cobrar por el Inss. Espero por lo menos orientarte un poco. |
18/03/2014 12:01 Escrito por: ALME |
Supongo que este trabajador tiene cotización por jornadas reales, pues el trabajador tiene que ir al INSS con su parte de baja y un certificado de empresa agrario de incapacidad temporal que tiene que rellenarle la empresa, normalmente suelen darselo al trabajador en el INSS para que lo lleve a la empresa, si no tienes que darselo tú. Tienes que darle baja en la empresa con la fecha de la baja médica y comunicar en ese mes tanto las jornadas reales como previstas. Bueno, igual que te ha explicado CPL vaya! jaja |
18/03/2014 12:04 Escrito por: LOLO |
acabo de llamar a informacion del inss, y me dicen que los 15 primeros dias son a cargo de la empresa y ya a partir del 16 solicita debe presentar solicitud de pago al inss, esto es asi o como me decis puedo darle de baja y prepararle documentacion para que pase a cobrar del inss?? |
18/03/2014 12:12 Escrito por: almu1974 |
Te han informado mal, el trámite se hace como ha dicho cpl y alcazar |
18/03/2014 13:45 Escrito por: LINARES |
buenos dias, yo entiendo que si su contrato esta en vigor, auque sea agricola, no puedes darle de baja, tienes que mantenerlo en alta, es ya como el regimen general. Ademas los 15 primeros dias es a cargo de la empresa, y a partir del dia 16 solicita el trabajador el paga delegado al inss o a la mutua correspondiente, pero con la obligacion de mantenerlo en alta la empresa hasta que finalice el contrato de trabajo
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18/03/2014 13:53 Escrito por: almu1974 |
No, no es así, piensa que es esta campaña de aceituna, he tenido más de seis trabajadores de distintas empresas con bajas de incapacidad temporal, y el procedimiento es el que dice Alcazar y Cpl.
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