03/03/2015 11:21 Escrito por: Lau |
hola compañeros, Tengo una Comunidad de Regantes constituida en Asociación que quiere contratar peones para la limpieza de acequias y en la administración de la TGSS correspondiente me dicen que tien que ir al Régimen General. Yo no estoy de acuerdo, ya que entiendo que el CNAE sería el 0161, labores de apoyo a la agricultura y éstas en Sistema Agrario. ¿Qué opináis vosotros? ¿Tenéis algún caso? |
03/03/2015 17:38 Escrito por: belenchu |
Yo llevo dos comunidades de regantes desde el principio de los tiempos y efectivamente pertenecen al régimen general y existe convenio colectivo para ellos en la provincia de Jaén que el de captación, distribución y canalización de aguas. |
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