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24/01/2012 09:47 Escrito por: lola |
Buenos dias: Segun la nueva normativa a partir de este año 2012 todos los contratos temporales celebrados desde el 01.01.2012 cuando lleguen su finalizacion la indemnizacion sera de nueve dias por año trabajado. Pero en los contratos modelo de la pagina oficial del SEPE no esta modificado todavia, pues sigue saliendo lo mismo, en la clausula octava aparece todavia que la indeminzacion sera de ocho dias por cada año de servicio, o la establecida en su caso, en la normativa especifica que sea de aplicacion. No se si la ultima frase la de " o la establecida en su caso, en la normativa especifica que sea de aplicacion", recoge lo anterior que he comentado, la aplicacion de la indeminzacion de los nueve dias. Tengo ahora mismo un caso, que el trabajador comenzo el dia 02.01.2012 y finaliza el dia 31.01.2012, con lo que éste estaria dentro de la nueva normativa pero sin embargo en su contrato no aparece lo dicho. Podriais sacarme de dudas, y decirme que aplicariais vososotros, la de los ocho dias o la de los nueve. Gracias |
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24/01/2012 10:21 Escrito por: eva |
Independientemente de lo que recoja ese contrato, la normativa vigente establece que la indemnización de los contratos celebrados a partir del 01 de enero de 2012 sería superior, con lo que yo aplicaría la de 9 días por año. |
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24/01/2012 10:41 Escrito por: jjguijarro |
una duda, siempre hay que indemnizar las excepciones son contratos formativos y de internidad pero conceis si hay alguna más (cotratos inferiores a un año o algo así). Gracias |
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24/01/2012 11:10 Escrito por: lola |
Muchas gracias Eva!!! yo tenia la misma opinion que tu, pero queria saber si alguien compartia mi misma opinion. |
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24/01/2012 11:17 Escrito por: Santi |
Hola, debes indemnizar con 9 dias (DT 13 ET). La frase: "...la establecida en su caso, en la normativa especifica que sea de aplicacion" se refiere, bajo mi punto de vista, a la prevista en convenio colectivo, que deberá repetar en todo caso los mínimos legales, en este caso, de 9 días (...). Saludos. |
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24/01/2012 17:37 Escrito por: NOVA |
deberías aplicar 9 días, pero de 8 a 9..apenas se notará diferencia económica en mi opinión saludos |
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