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25/01/2012 17:38 Escrito por: NOVA |
Buenas tardes, necesito saber si una autónoma causa baja por maternidad..¿¿puede ser sustituida por un trabajador por cuenta ajena con bonificación del contrato?? gracias |
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25/01/2012 17:47 Escrito por: Mari Carmen |
hola, el contrato por interinidad por sustitucion de maternidad es bonificado al 100 %. al dar el alta en seguridad social debes indicar el numero de afiliacion de la trabajadora que esta de baja por maternidad y ya esta. saludos. |
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25/01/2012 17:57 Escrito por: Santi |
Hola. Yo añadiría que la persona contratada debe reunir el requisto de ser desempleada inscrita como demandante de empleo. La empresa debe estar al corriente de sus obligacions tributarias y de Seguridad Social, tanto en el momento del alta, como durante el período de aplicación de la bonficación, así como no haber sido sancionada en los términos de la Ley 43/2006. Salvo mejor opinión claro. Saludos. |
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25/01/2012 18:09 Escrito por: NOVA |
gracias a los dos, nunca se me había dado el caso de sustitución de un autónomo por un cuenta ajena..parezco nueva ajjajaj muchas gracias!!!!!
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25/01/2012 19:40 Escrito por: simedeja |
Muy buenas, pues además cuando se reincorpore tras la maternidad podrá bonificarse el autónomo durante 12 meses por haberse sustituido durante la baja por maternidad, asi que todo son ventajas. |
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26/01/2012 17:11 Escrito por: rosa |
Hola los autonomos cuando se reincorporan tras la maternidad siempre se pueden bonificar durante 12 meses solamente la cotizacion por IT (seguirian cotizando por AT Y DESEMPLEO) siempre y cuando lo soliciten ante la tesoreria de la seguridad social no es necesario ser sustituido para tener derecho a la bonificación.
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26/01/2012 17:31 Escrito por: bogie |
cuidado bonifican la parte de la base minima, si tienen una base mas alta, lo que supere a la minima no esta bonificado. |
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26/01/2012 19:02 Escrito por: amaya |
Además las Trabajadoras AUTONOMAS sustituidas en periodos de descanso por maternidad, POR TRABAJADORES POR CUENTA AJENA, CON CONTRATO BONIFICADO AL 100 %, TIENEN IGUALMENTE UNA Bonificación del 100% en el sello de autónomo, mientras coincidan en el tiempo el contrato y el Periodo de suspensión de actividad por maternidad. PARA EL CASO DE ANDALUCIA, TAMBIEN TIENES LA POSIBILIDAD DE OBTENER SUBVENCION DE LA JUNTA DE ANDALUCIA DE HASTA 3.000 EUROS, POR CONTRATAR A UNA PERSONA INDCRITA COMO DESEMPLEADA EN EL SAE, CON UNA ANTIGUEDAD DE AL MENOS 6 MESES. |
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31/01/2012 21:53 Escrito por: neo |
Amaya ¿podrias indicarme la disposición donde aparece esto que comentas |
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01/02/2012 11:40 Escrito por: simedeja |
Aqui tienes donde está la legislación, la solicitud etc... |
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