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13/07/2010 12:27 Escrito por: pedro59 |
ALGUIEN ME PODÍA DECIR QUE TIEMPO TIENE UN EMPLEADO PARA PODER RECLAMAR A LA EMPRESA CANTIDADES EN CONCEPTO DE INDEMNIZACION Y VACACIONES NO DISFRUTADAS |
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13/07/2010 13:03 Escrito por: rafasemar |
segun tengo entendido, un año; siempre salvo mejor opinion.
un saludo. |
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14/07/2010 09:36 Escrito por: rubor76 |
Para reclamar ante quien??? Porque como bien dice rafasemar las cuestiones dinerarias tienen el plazo de 1 año para poder reclamarlas al empresario (siempre y cuando permanezcas en la empresa, por ej: atrasos de convenio, etc), pero si como entinedo el trabajador es despedido (ya que dices que hay indemnización), el PLAZO para reclamara ante los servicios o unidades de mediacion arbitraje y conciliacion de cada provincia es de 20 días hábiles, sino lo haces en ese plazo se supone que no tienes nada pendiente con la empresa. |
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23/07/2010 09:43 Escrito por: ramsey |
Discrepo con lo comentado por rubor76. Estés o no en la empresa en plazo para solicitar diferencias o atrasos prescribe al año.
Un saludo. |
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10/08/2010 21:34 Escrito por: juancho |
Estoy de acuerdo con elnuevo y rasemar saludos |
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14/08/2010 13:47 Escrito por: a1b269 |
para reclamar la indemnizacion siempre que la tengas reconocida por la empresa en el despido y no haya sido abonada pdras reclamarla como reclamacion de cantidad en el plazo de 365 dias, pero recuerda que cada dia mata al anterior en año es decir el 01/01/2010 mata al 01/01/2009 y as sucesivamente en cuenta als vacaciones si las tines reconocidas por la empresa en el finiquito igualmente tienes 365 dias pero si no es asi reuerda que las vacaciones no reclamadas mueren el 31 de diciembre de cada año natural. espero que tes sirva de ayuda. |
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19/08/2010 08:25 Escrito por: rubor76 |
Sigo pensando que la reclamación de cantidad (por indemnización y liquidación de vacaciones no disfrutadas) son 20 días hábiles, pues sino fuera así, ¿ante quien reclamas??porque del SMAC, entiendo que puedes olvidarte. |
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15/10/2010 16:23 Escrito por: gpz |
Tienes 20 días para reclamar contra la causa del despido, pero el plazo es de 1 año para reclamaciones de cantidad. De manera que si se trata de indemnizaciones, pagas extras, finiquitos o pagas mensuales que te corresponden en función del despido que te hayan hecho, el plazo es de 1 año. De hecho acabode tener un caso así y el CMAC lo ha admitido sin problema |
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15/10/2010 16:26 Escrito por: rgr1974 |
hola a todos. estoy completamente de acuerdo, la reclamacion de cantidades es 1 AÑO, la reclamacion contra el despido son 20 dias, vamos a si lo hemos hecho nosotros siempre... y nunca nos ha dicho lo contrario.. Un saludo
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