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11/03/2010 13:05 Escrito por: lola |
Hola a tod@s: Mi pregunta es si un autonomo puede contratar a su hijo menor de 30 años el cual convive con el en regimen general con un contrato indefinido a tiempo parcial. Saludos y de antemano gracias. |
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11/03/2010 16:40 Escrito por: 1983 |
Yo llame hace poco a tesoreria y me dieron dos opciones:
O como autonomo familiar, o bien en RG pero con exclusion de desempleo.. |
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11/03/2010 17:41 Escrito por: 1981 |
DEPENDE DE LA ACTIVIDAD A DESEMPEÑAR. LA NORMA INDICA QUE AL CONVIVIR EN EL MISMO DOMICILIO EXISTE DEPENDENCIA ECONÓMICA Y POR TANTO HA DE ACOGERSE A RÉGIMEN DE AUTÓNOMOS FAMILIAR. SOLO EN EL CASO QUE LA ACTIVIDAD QUE REALICEN SE ENCUENTRE DENTRO DEL ANEXO I Y CON TEMAS DE SUBCONTRATACIÓN TANTO TESORERÍA COMO INSPECCIÓN PERMITEN DARLO DE ALTA EN RG CON LA EXCLUSIÓN DE DESEMPLEO ( CONSTRUCCIÓN, ELECTRICISTA, FONTANERO, MANTENIMIENTO,...) ESTA EXCEPCIÓN VINO DADA PORQUE EN LA LEY DE SUBCONTRATACIÓN, UN AUTÓNOMO NO PUEDE SUBCONTRATAR A OTRO Y POR VACIO LEGAL SE ENTENDIA QUE EN UNA OBRA NO PODÍAN ESTAR LAS DOS FIGURAS COMO AUTÓNOMOS.
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11/03/2010 19:39 Escrito por: 1983 |
OK,MUY BUENA RESPUESTA, ME ALEGRO DE ESTE FORO! |
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12/03/2010 10:03 Escrito por: ramsey |
Por la respuesta de apoyo_laboral entiendo y pregunto que yo, que soy autónomo, tengo una pequeña tienda ¿no puedo contratar a mi hijo menor de 30 años que convive conmigo ya que la actividad de mi empresa no está incluida en ese Anexo I? Me gustaría que me indicases dicha norma. Un saludo. |
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12/03/2010 10:40 Escrito por: 1981 |
art. 1.3.e estatuto de los trabajadores en el que se excluye como trabajador ( y por tanto se le da la opción de trabajador autónomo) aquellos familiares directos que CONVIVAN CON EL EMPRESARIO, HASTA 2º GRADO DE CONSANGUINIDAD. EN EL CASO DE QUE EL FAMILIAR DIRECTO NO CONVIVA CON EL EMPRESARIO Y POR TANTO NO EXISTA ESE VINCULO DE DEPENDIENCIA FAMILIAR Y ECONÓMICA SE PODRÁ DAR DE ALTA EN RÉGIMEN GENERAL CON LA EXCLUSIÓN DE COTIZACION AL PARO. estatuto trabajador autónomo: art 1 1. La presente Ley será de aplicación a las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena. También será de aplicación esta Ley a los trabajos, realizados de forma habitual, por familiares de las personas definidas en el párrafo anterior que no tengan la condición de trabajadores por cuenta ajena, conforme a lo establecido en el artículo 1.3.e del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo. |
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12/03/2010 11:11 Escrito por: ramsey |
Ok... pero lo que no me queda claro o no he interpretado bien es eso de que : SOLO EN EL CASO QUE LA ACTIVIDAD QUE REALICEN SE ENCUENTRE DENTRO DEL ANEXO I Y CON TEMAS DE SUBCONTRATACIÓN TANTO TESORERÍA COMO INSPECCIÓN PERMITEN DARLO DE ALTA EN RG CON LA EXCLUSIÓN DE DESEMPLEO ( CONSTRUCCIÓN, ELECTRICISTA, FONTANERO, MANTENIMIENTO,...) Por lo que pones parece ententender que sólo se permite el alta en el Régimen General con exclusión de FOGASA y desempleo si la actividad del autónomo está includia en ese Anexo I... Un saludo. |
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12/03/2010 12:56 Escrito por: 1981 |
o en alguna actividad en la que entre en juego la ley de subcontratación de la construccion que es donde se incorporó la excepción. |
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12/03/2010 12:59 Escrito por: lola |
Hola a tod@s: La pregunta que formule fue si se podia dar de alta en regimen general a tiempo parcial siendo hijo menor de 30 años y que convive con el,. Pues bien hoy acudo a tesoreria y me dice que si se puede hacer pero a tiempo parcial no es factible tiene que ser a tiempo completo. Podrias confirmarme si esto es correcto?. Gracias |
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12/03/2010 13:08 Escrito por: 1981 |
el problema es que tesoreria no sabe si es familiar dependiente o no o simplemente es un trabajador. el problema viene ante una inspección. además economicamente ¿ no sale mas a cuenta que compute a autonomos que al ser menor de 30 tiene una reduccion en la cuota y tanto el gasto de ese autonomo como de la nomina del familiar son computables como gasto y puede estar las horas que quiera en el bar sin preocuparse de una inspeccion?? |
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