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La Ley 11/2007 de 22 de Junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, establece en su artículo 24 la creación por parte de las administraciones públicas de registros electrónicos para la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones.

La Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas han habilitado sus respectivas sedes electrónicas para cumplir con lo estipulado en el artículo anterior. A continuación les ofrecemos un enlace que les llevará al registro correspondiente.

En base a ello animamos a nuestros usuarios a que utilicen dichos registros para todas aquellas tareas que hasta el momento se estaba realizando de forma presencial.

Les indicamos a continuación algunos trámites que podrá realizar con los registros electrónicos:

  •   Anulación de contrato de trabajo ( Sede de la CCAA del domicilio del Centro de Trabajo del contrato)
  •   Modificación sustancial de las condiciones de trabajo, recogidas en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores ( Sede de la CCAA del domicilio del Centro de Trabajo del contrato)
  •   Cambios y variaciones producidas en la autorización de la actividad formativa vinculada al contrato de formación y aprendizaje (Sede de la CCAA del domicilio del Centro de Trabajo del contrato)
  •   Etc…..

A continuación se muestran los enlaces de las distintas sedes electrónicas