17/05/2017 11:24 Escrito por: Laboral18 |
Hola buenos días: De acuerdo con las recientes sentencias del TS, sólo existe obligación de llevar el registro de horas de los trabajadores a tiempo completo si realizan horas extras, pero me surgen varias dudas. 1. ¿Sólo de esos trabajadores o de toda la empresa? 2. Si la empresa en el año 2018 dejara de hacer horas extras, ¿cesaría la obligación de llevar el regstro? Gracias. |
17/05/2017 12:11 Escrito por: bernar |
en teoría solo de los que realicen horas extras, no obstante, la inspección de trabajo, al menos en Murcia, dice que va a seguir pidiéndolo para todos.
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17/05/2017 13:39 Escrito por: Casinos |
Buenas, aquí en Valencia la Inspección no lo va a pedir. |
17/05/2017 13:39 Escrito por: 1991 |
yo también entiendo que según las recientes sentencias del TS, únicamente se debe llevar control de aquellos que realizan horas extras. también he oido que la inspección continúa pidiendo dichos registros a todos los trabajadores, pero entiendo que no podrán sancionar al respecto, y en caso de hacerlo será recurrible y discutible, entiendo que no puede o deben poder hacer lo que ellos quieran. |
17/05/2017 13:48 Escrito por: Laboral18 |
Mi duda radica en si la obligación opera a nivel de trabadores o de empresa |
17/05/2017 13:50 Escrito por: 1991 |
Te refieres a sobre quién recae las responsabilidad/obligación de llevar/realizar dicho registro? Si es así, yo entiendo que la empresa es quien debe llevar dicho control, con los medios que estime oportunos |
17/05/2017 13:59 Escrito por: Laboral18 |
Me refiero al caso de una empresa de 50 trabajadores, que sólo 20 realizan horas extras. ¿Estoy obligado a realizar el registro de toda la empresa o sólo de los 20 trabajadores que han realizado las horas extras? |
17/05/2017 20:24 Escrito por: REFOR |
EL PASADO DIA 12 DE MAYO SALIO OTRO INFORME EN EL PERIODICO DICIENDO QUE EL SUPREMO ANULA DE FORMA DEFINITIVA EL REGISTRO HORARIO . VARAPALO PARA LA INSPECCION DE TRABAJO, POR LO QUE SOLO SE DEBERIA DE LLEVAR A LOS TIEMPOS PARCIALES Y A LOS QUE HAGAN HORAS EXTRAS. YA CADA UNO QUE HAGA LO QUE QUIERA. PROPONIENDO QUE SIGAN HACIENDOLO PUES ASI SIRVE PARA QUE LOS TRABAJADORES LUEGO NO PUEDAN RECLAMAR HORAS EXTRAS SI NO LAS APUNTAN.
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18/05/2017 13:39 Escrito por: admin |
Estimados asesores, Tal y como indica el último compañero/a, el Tribunal Supremo ha dictado la segunda sentencia que anula la condena impuesta a una empresa de establecer un sistema de registro de la jornada de la plantilla, con lo que sienta jurisprudencia en este sentido. No obstante, continúa la obligatoriedad de llevar a cabo el control horario de los trabajadores cuyo tipo de contratación sea a tiempo parcial. No se exige la llevanza de un registro de la jornada diaria efectiva para toda la plantilla (aunque sigue existiendo la responsabilidad por parte del empresario de controlar y registrar las horas extra que realicen estos trabajadores) pero en el caso de algunos sistemas, a través de los datos que se ofrecen gracias a los fichajes, facilitan herramientas para -no sólo el control horario-, sino también para la optimización de los Recursos Humanos y la gestión de las plantillas. Si bien es cierto que no es necesario llevar el registro horario más allá de los trabajadores a tiempo parcial, se trata de mirar estos sistemas de control horario como herramientas que facilitan las tareas de los asesores y se convierten en un portal del empleado a través del cual comunicarles y enviarles toda la documentación necesaria y relevante –como sus nóminas- y viceversa. El empleado podrá adjuntar documentación solicitada por la empresa como justificantes médicos, partes de baja, etc. Desde Creative Quality, la empresa que gestiona Netcontrata os invitamos a solicitar una prueba de manera gratuita de nuestra aplicación Time Laboris en la que encontraréis multitud de herramientas y facilidades para la gestión de vuestras tareas en referencia a las empresas con las que trabajáis. Más información en www.timelaboris.es o llamando al 958536056.
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