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Normal pareja de hecho autonomo bonificado o contrato bonificado

29/11/2017
13:57

Escrito por:
mamen

despues de leer la ley y el boletin red de hoy interpreto que la pareja de hecho solo cabe posibilidad de de sea bonificado si se da de alta como familiar colaborador?, y otra cosilla os queda claro si la contratacion de familiares con bonificacion va excluida de desempleo???? el boletin habla de vinculo familiar, ahora mismo al anotar dicha casilla sale exento de desempleo, pero no sabemos si cambiará o no.....

29/11/2017
16:37

Escrito por:
ramsey

El artículo 3 del Decreto 2530/1970, de 20 de agosto, por el que se regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos no incluye a las parejas de hecho dentro del régimen.... rizando el rizo podrías contratarlo en el régimen general... en cuanto a cotizar por desempleo los familiares no se excluye el desempleo.

Salo meliori

29/11/2017
18:12

Escrito por:
mamen

SI  pero la disposicion final decima de la ley 6/2017 de 24/10 que modifica la ley 20/2007  habla expresamente de conyuge , pareja de hecho....como familiares con derecho a bonificacion por alta de autonomo colaborador, en cambio en la dispisicion adicional septima de la le 6/2017 habla de conyuge y no menciona a pareja de heho como causantes de bonificacion por la contratacion de familiares. De ahi deduzco la distincion que he dicho antes. Pareja de hecho no cabe posibilidad de contratacion con bonificacion como familiar... pero si como familiar colaborador. Alguien mas ve la distincion????

 

30/11/2017
09:47

Escrito por:
farinato

Si mamen, yo lo entiendo igual

30/11/2017
12:03

Escrito por:
ramsey

Lo comenteba por que Tesoreria es muy dada a resolver negativamente este tipo de altas..., que luego puedes recurrir, si... pero entras en una rueda de recursos e historias.

Hace poco le pregunté al Director Provincial de mi provincia sobre si ya aceptaban aplicar la tarifa plana a los administradores y socios de las mercantiles... su respuesta fue que deniegan y seguirán denegando a pesar de que en los juzgados de lo contencioso les están dando para el pelo...

 

05/04/2019
19:17

Escrito por:
SUCOR

Con la reforma del autónomo LEY 6/2017 de 24/10 se puede contratar a familiar hasta segundo grado en regimen general y aparte si lo contratas indefinido durante 12 meses puedes acogerte a la bonificación del 100% de contingencias comunes de la empresa. Mi duda viene, cuando al enviar los seguros sociales nos aplican la cotización de desempleo y cuando preguntamos a seguridad social que por qué nos dicen que no dice en la ley que deba estar excluidos de desempleo.
He mirado y es cierto que no dice nada en la reforma del autónomo pero sí es cierto que si contrata al conyuge está claro que no tiene derecho a paro pues se considera ingresos en la union familiar.
¿Me podrían aclarar esto?
Gracias.
Un saludo,
Verónica Suárez

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