02/02/2018 12:46 Escrito por: Lisi |
Buenos días, Ya sé que este tema no es muy apropiado aquí, pero de verdad, estoy desesperada. En hacienda llevo llamando varios días y no hay forma y miro en internet y veo de todo...y nada me aclara. Tengo dos bares (uno en estimacion objetiva y otro en directa), tinene maquina de tabaco. El del estanco viene recarga la máquina le da una factura por el total con iva., con lo que ha rellenado en la maquina. Pero realmente el bar ólo se lleva 15 centimos por paquete vendido de comisión. Mi duda e, como declaráis eso? hay que hacer alta en otro epigrafe con RE? En el caso de los módulos no está incluidoya en el modulo? Muchas gracias |
07/02/2018 13:42 Escrito por: sangil |
La factura del estanco te indica cuantos paquetes de tabaco has vendido. Multiplica por 0,15 y ese importe lo declaras como ingresos, incluido el IVA dentro de ese importe. En módulos por cada actividad se informa de los apartados que exige la ley: Actividad 673.1 en modulos y 673.2 en directa. La venta del tabaco no tributa de forma especial, se declaran los ingresos que produce.
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07/02/2018 16:41 Escrito por: Lisi |
Muchas gracias por contestar. Pues es que yo lo entendía así, pero resulta que ahora me decían que tendría que estar dado de alta en el epigrafe 646.5. de comercio al por menor de labores de tabaco, por eso mis dudas ahora. |
07/02/2018 19:04 Escrito por: sangil |
El bar no vende tabaco: lo vende el estanco en tu establecimiento. Eres comisionista (cobras comisión), no vendedor. |
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