26/03/2018 13:24 Escrito por: MDF |
Buenos dias, tengo una empres que tiene un trabajador indefinido y quiere solicitar el 50% de la jubilación, la empresa tiene que contratar a un relevista el otro 50% de la jornada, yo por ejemplo tengo que dar de baja al trabajador por causa de jubilación con fecha 31 de marzo y alta al relevista con fecha del 01 de Abril, es así, tengo dudas con los plazos y el contrato que tengo que hacer sabeis que codigo es y si tiene bonificación Gracias |
28/03/2018 10:31 Escrito por: eva |
Buenos días... al trabajador que se jubila al 50% le harías una variación de datos cambiando el tipo de contrato al 540 y anotando el coeficiente de parcialidad de la jornada que va a trabajar ( en tu caso 500), después se tramita el alta del relevista. Tanto la variación de datos como el alta del relevista irían con fecha 01 de abril. Yo las hago las dos el mismo día (en este caso 1 de abril). Desconozco qué tipo de contrato vas a hacer al relevista.... yo, si se han dado las condiciones para aplicar alguna bonificación lo he hecho porque me comentaron que, siempre que cumpliera con los requisitos, las podía aplicar. En mi caso se trataba de trabajadores indefinidos a jornada completa en el caso de los relevistas porque el jubilado se quería acoger al 25% de jornada y tenía que ser así sí o sí. Cuando solicites en el INSS la pensión de jubilación tienen que estar tramitados ambos movimientos de trabajadores, la variación del jubilado y el alta del nuevo trabajador, porque es lo primero que van a mirar. |
28/03/2018 11:08 Escrito por: MDF |
muchas gracias Eva, es la primera vez que voy ha hacer esto y tenía dudas, no sabes lo que te agradezco tú información Saludos |
28/03/2018 11:13 Escrito por: MDF |
Perdona Eva, se me ha olvidado de preguntar, al jubiliado parcial, al SEPE, solo tengo que comunicar la disminución de jornada y al relevista, hacer el contrato 541, verdad gracias |
28/03/2018 11:45 Escrito por: eva |
No te preocupes... a mí tb me costó ponerlo en pie la primera vez. Del jubilado parcial debes comunicar al SEPE el nuevo contrato. O sea, el 540. Encontrarás un apartado de cláusula especifica que debes rellenar con el porcentaje de reducción de jornada. Del relevista debes comunicar el contrato que le vayas a hacer y con la clave correspondiente. Si es un indefinido sin bonificación, por ejemplo, la 100. Tendrás que cumplimentar las casillas correspondientes al contrato de relevo con los datos del jubilado y jornada al que va a sustituir. Cuando se registren en el SEPE se hace a la par, los dos contratos el mismo día ya que están vinculados uno a otro. |
02/04/2018 10:50 Escrito por: MDF |
Buenos días Te iba a comentar, el relevista no estaba inscrito como demandante de empleo, se ha sacado la tarjeta de demandante hoy día 2, el alta sería como fecha de mañana, para que al menos figure que ha estado como demante de empleo un día no? |
04/04/2018 12:13 Escrito por: eva |
Buenos días... perdona... te he leído tarde. Lo que piden es que esté inscrito, así que supongo que no has tenido problemas. De todos modos, a mí me gusta dejar al menos un día en medio. |
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