26/06/2018 12:57 Escrito por: CALU |
buenas tardes a ver si me podeis aclarar un poco que tengo un poco de lio. que coeficiente de alta le dais a una persona que trabaja 3 dias a la semana cada dia 6 horas? y al ponerlo en el contrato como comunicais esas horas? muchas gracias |
26/06/2018 13:23 Escrito por: quico |
Buenas, CTP: 450, 18 horas a la semana disitribuidas...siendo tiempo parcial deberias especificar dias exactos y hora de entrada y salida.
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26/06/2018 13:29 Escrito por: CALU |
hola, eso se lo que yo siempre ponia, pero me dijeron en seguridad social que estaba mal que era siempre las horas que trabajada al dia entre las horas del convenio, osea que serian 6/8= 0.75 como lo veis? gracias |
26/06/2018 13:40 Escrito por: quico |
18 horas, marcas la casilla "a la semana" y en distribuicion de horas: Ejemplo: de lunes a miercoles de 9:00 a 15:00 horas. Y en tesoreria siempre pongo el CTP mensual, nunca he puesto el diario. Empresas han pasado inspecciones con este formato en los contratos y nunca hemos tenido problemas. Por lo menos en Barcelona siempre lo he hecho así. |
26/06/2018 14:05 Escrito por: CALU |
si exactmente como yo lo hacia, pero eso me dicen en huelva, por si alguien le ha surgido tambien muchas gracias por todo |
26/06/2018 14:06 Escrito por: CALU |
y si por ejemplo trabaja solo dos dias con alta y baja haces lo mismo no?
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27/06/2018 13:21 Escrito por: quico |
Correcto, siempre que sea a tiempo parcial. |
27/06/2018 13:35 Escrito por: CALU |
hola te pongo lo que me dice la seguridad social " para hacer el cálculo en relación a las horas trabajadas en un día, debe ser con altas de menos de una semana y por lo tanto el CTP es correspondiente a dichas horas diarias.
En caso de ser alta continuada, es decir, con una duración superior a una semana, deberá ajustarse el CTP a las horas totales semanales trabajadas en relación con la jornada completa."
yo mas o menos lo tengo ya claro muchas gracias |
29/06/2018 08:52 Escrito por: sangil |
En relación con su consulta le informamos que en el contrato a tiempo parcial se acuerda la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable. Se entiende por trabajador a tiempo completo comparable a un trabajador a tiempo completo en la misma empresa y centro de trabajo, con el mismo tipo de contrato y que realice un trabajo idéntico o similar. Si en la empresa no hubiera ningún trabajador comparable a tiempo completo, se considerara la jornada a tiempo completo prevista en el convenio de aplicación o, en su defecto, la jornada máxima legal. Para calcular el coeficiente a tiempo parcial hay que comparar la jornada del trabajador de que se trate en la misma unidad de tiempo (horas/días, semana, mes o año) con otro de jornada completa. La fórmula es: (Ax1000) / B = Coeficiente. Donde "A" es el nº de horas ordinarias realizadas por el trabajador a tiempo parcial. y "B" el nº de horas de la jornada máxima. El cálculo de la base de cotización en los contratos a tiempo parcial será siempre mensual y estará constituía por las retribuciones efectivamente percibidas, tanto por horas ordinarias como complementarias. Si fuese inferior a la base mínima por horas de su grupo de categoría profesional, se tomará ésta como base mínima de cotización. Artículos 35 y 36 de la Orden TIN/41/2011, de 18 enero (BOE de 20-01-11).
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02/07/2018 20:49 Escrito por: sangil |
Antes hacíamos el cálculo por días para contratos inferiores a una semana y el resto -por superar 7 días- por semanas. Ahora para conplicarme la vida siempre calculo por semanas las horas y porcentaje para Seguridad Social. El SEPE permite indicar si es por días, semana, meses o anuales. |
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