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Normal autonomo colaborador y paro

02/07/2018
13:41

Escrito por:
mamen

HOLA, ME HA SURGIDO UN TEMA, y no se me ha dado el caso ; puede una persona que esta cobrando paro darse de alta como autonomo colaborador familiar y seguir compatibilizando paro????

02/07/2018
19:02

Escrito por:
anular

Buenas tardes,

en principio no.

 

02/07/2018
20:28

Escrito por:
sangil

Tradicionalmente cobrar el paro ha sido incompatible con hacerse y ser autónomo e iniciar una actividad por cuenta propia. Al darse uno de alta se paralizaba el cobro de la prestación por desempleo que le quedase pendiente, siendo su única alternativa optar por el pago único o capitalización del desempleo.

Los titulares del derecho a la prestación por desempleo de nivel contributivo, por haber cesado con carácter total y definitivo su actividad laboral, que causen alta como trabajadores por cuenta propia en alguno de los regímenes de Seguridad Social, podrán compatibilizar la percepción mensual de la prestación que les corresponda con el trabajo autónomo, por un máximo de 270 días o por el tiempo inferior pendiente de percibir, siempre que se solicite a la entidad gestora en el plazo de 15 días a contar desde la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia, sin perjuicio de que el derecho a la compatibilidad de la prestación surta efecto desde la fecha de inicio de tal actividad. Transcurrido dicho plazo de 15 días el trabajador no podrá acogerse a esta compatibilidad (Art. 282,Art. 296 ,Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre y Art. 33 ,LETA).

Parece que se exige que no existan trabajadores contratados con el autónomo.

No obstante, llamar al SEPE es lo más recomendable, previo a cualquier decisión para evitar sorpresas desagradables.

 

 

 

03/07/2018
10:44

Escrito por:
mamen

Mi duda era el autonomo colaborador, el normal si que lo tenia claro, esto es lo que me ha contestado el Sepe,

En respuesta a su consulta de fecha: 02/07/2018 14:03:00:
Le informamos que si es posible compatibilizar la prestación por desempleo con el trabajo como autónomo colaborador, la solicitud de la compatibilidad se hará en los quince días hábiles siguientes al inicio de la actividad.

Con el fin de evaluar la calidad de nuestros servicios y poder mejorar los mismos, le rogamos que conteste este breve cuestionario, pulsando en el siguiente enlace. Muchas gracias.

http://www2.sepe.es/buzon/buzoncuestionario.asp?rsxi=1199927

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