18/03/2020 10:32 Escrito por: manolito69 |
Me llaman para los ERTES y estoy super perdido, busco informació por internet y no veo nada de nada. |
18/03/2020 10:42 Escrito por: JordiJorro |
Habéis visto la Disposición adicional sexta? "Salvaguarda del empleo. Las medidas extraordinarias en el ámbito laboral previstas en el presente real decreto-ley estarán sujetas al compromiso de la empresa de mantener el empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad" Me asalta la duda con los contratos temporales que finalicen antes de esos 6 meses... Quiere decir que los temporales no se deben acoger al erte?
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18/03/2020 11:52 Escrito por: adriano |
Buenos días a todos, en la página de la Junta de Andalucía han habilitado para presentar la solicitud del ERTE en línea, por supuesto, presencialmente no se puede, con el certificado digital. Por aquí vamos a empezar a trabajar en esa línea, a ver qué tal funciona. Ya os iré diciendo, esperamos tener contestación según presentemos la solicitud. Mucho ánimo para todos. |
18/03/2020 12:01 Escrito por: OICORVM |
BUENOS DIAS QUE DOCUMENTOS ACOMPAÑAS? ES ESTE LA PAGINA VERDAD https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/501/como-solicitar.html |
18/03/2020 12:33 Escrito por: GNegocios |
BUENOS DIAS LOS ERTES SE PRESENTAN EN EL REGISTRO DE ENTRADA DE LA JUNTA DE ANDALUCIA. EN ESTE ENLACE LO ENCONTRAREIS https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/501/como-solicitar.html COMO TODOS LOS ERTE SERAN CONSIDERADOS DE FUERZA MAYOR HAYQUE REDACTAR UN PDF CON LOS DATOS, HACERLO FIRMAR POR LOS TRABAJADORES, Y SUBIRLO A LA WEB. ESTAMOS A LA ESPERA DE LA RESPUESTA DE SS QUE TARDARA 5 DIAS. CUANDO SEPA MAS OS CONTARE. UN SALUDO |
18/03/2020 12:41 Escrito por: EGM957 |
buenos dias yo estyo superperdida tambien no tengo claro que debo de hacer con los que tienen contrato de duracion determinada,,,,,hay que meterlos en el ERTE..... puedo despedirlos con su indemnizacion por causas objeteivas.... o que hago porque si luego estos hay que mantenerlos durante 6meses..... yo tengo un modelo que ha enviado ATA supongo que con eso sera suficiente... y las bajas de los trabajadores cuando se hacen ya ... o hay que esperar a que se pronuncie la autoridad laboral y de el ok a las bajas? se que son muchas dudas. pero esto es un caso no se ni por donde pillarlo... gracias de antemano a todos.
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18/03/2020 12:48 Escrito por: OICORVM |
CUAL ES EL MODELO QUE TIENES?
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18/03/2020 12:50 Escrito por: EGM957 |
lo tengo en pdf pero no se como subirlo aqui....
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18/03/2020 12:54 Escrito por: OICORVM |
UNA PREGUTA TAMBIEN POR FAVOR CON QUE FECHA ESTAIS HACIENDO LOS ERTES? SE PUEDEN RETROACTIVOS O CUENTAN DESDE EL DIA DE LA SOLICITUD POR FAVOR?
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18/03/2020 13:12 Escrito por: MARIASAN |
Será retroactivo, y dudo que tarden 5 días en resolver. |
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