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Normal Comunicación a la autoridad laboral

19/05/2020
08:31

Escrito por:
Inmae

Buenos días.

En el RDL 18/2020, dice que se comunica a la autoridad laboral renuncia total del ERTE. Entiendo entonces que hasta que no salgan todos los trabajadores de ERTE no hay que enviar nada la autoridad laboral o estáis comunicando conforme va cambiando la situación de la empresa.

Muchas gracias.

19/05/2020
11:40

Escrito por:
HELORA

BUENOS DIAS, TIENES QUE IR COMUNICANDO QUE TRABAJADOR SALE DEL ERTE

19/05/2020
11:40

Escrito por:
HELORA

Y COMUNICAR LA BAJA DE PRESTACION DESEMPLEO DE ESE TRABAJADOR

19/05/2020
11:53

Escrito por:
SOFIA

buenos dias, yo entiendo que hay que comunicarlo a la autoridad laboral cuando salgan totalmente todos los trabajadores del erte, mientras tanto solo comunicarlo al SEPE.

 

19/05/2020
12:37

Escrito por:
meridian

Hola, buenos días, de acuerdo con lo que expone Sofia, a la autoridad laboral cuando salgan totalmente todos del erte.

Por otro lado, sabéis cómo se comunica dicha circusntacia a la autoridad laboral? algún enlace en particular? somos de la CA Andaluza.

saludos

19/05/2020
12:59

Escrito por:
pilocha1

A la Autoridad Laboral solo hay que comunicar el fin de erte, es decir, cuando ya se han incorporado todos los trabajadores.

 

 

19/05/2020
13:00

Escrito por:
correcaminos

Hola, a mi me han dicho por telefono en la Junta que se presenta en:

Junta de Andalucia

Sercicios y trámites (pinchar)

Directo a

Presentación electronica general

19/05/2020
14:11

Escrito por:
meridian

Ok correcaminos, simplemente comunicando el fin de erte y la fecha de esa finalización, entiendo...sin aportar documentación alguna??

19/05/2020
16:10

Escrito por:
Ancatri

Hola. Cuidado...."R.D.L. 18/2020 Art. 4. apartado 2.b). Respecto de las personas trabajadoras de estas empresas que continúen con sus actividades suspendidas a partir de la fecha de efectos de la renuncia ......" A mi me da la sensación de que hay que hacer una renuncia al erte ante la autoridad laboral cuando se incorpore el primer trabajador. Un saludo.

19/05/2020
19:09

Escrito por:
tarugo

Buenas tardes. El RD en cuestión es un desastre de redacción. Respecto a LA RENUNCIA dice que son 15 DÍAS para renunciar al ERTE autorizado pero no nada más.  Yo estoy a la espera de que algún "iluminado" aclare mejor el procedimiento.

pOR LO DEMAS YO COMUNICO EN LA PLANTILLA la Baja del ERTE del trabajador o trabajadores que se reincorporan al trabajo y a la TGSS las variaciones. Eso de mometo.

Después y por lo que dice el RD 12 d mayo hay que presentar una DECLARACION RESPONSABLE a la TGSS para justificar el motivo de la fuerza mayor, total o parcial....

DESASTRE NORMATIVO

 

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