30/06/2020 15:08 Escrito por: meridian |
Buenas tardes compañeros, tengo una duda....la renuncia expresa al erte mediante comunicación a la A.L. se tiene/se debe hacer cuando todos los trabajadoress están reincorporados totalmente a su actividad y, por tanto, no queda nadie en erte????, con lo cual, entiendo, finalizarían las exoneraciones a la seguridad social.... Por tanto, si no renuncias expresamente al erte, aunque ya no tengas trabajadores regulados por el expediente, las empresas podrian seguir beneficiándose de las exoneraciones?? esto no sería legal, no??? Cuántas dudas....... |
30/06/2020 18:48 Escrito por: jotatas |
Estoy absolutamente igual, con la misma duda, si alguien lo tiene más claro por favor ayuda.osea, el que sólo tiene un trabajador y ya lo ha sacado, no puede seguir exonerandose nada, y el que tiene dos y saca a uno si puede?? |
30/06/2020 21:54 Escrito por: tarugo |
Las exoneraciones están justificadas mientras exista la FUERZA MAYOR aunque sea parcial. Es decir, si se han reincorporado todos los trabajadores y las circunstancias que originaron el ERTE de fuerza mayor ya han desaparecido, lo justo y lógico es dar por finalizado el ERTE y comunicarlo así a la Autoridad Laboral.
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02/07/2020 14:47 Escrito por: INVERPLATA |
Contestación de un inspector: Aunque no están cruzando datos, en un futuro lo harán.
Por tanto, el empreSario que asuma el riesgo, si no presenta RENUCIA EXPRESA te puedes seguir exonerando PERO LA OBLIGACIÓN ES COMUNICAR LA RENUNCIA UNA VEZ DESAFECTES A TODOS LOS TRABAJADORES Y SE PIERDEN LA BONIFICACIONES.
Yo he decidido tomar las cosas según la norma que luego devolver sienta fatal |
07/07/2020 12:52 Escrito por: eva |
Para dejar de exonerarte basta con quitar las letras a todos los trabajadores de la empresa desde el momento en que el último que queda en ERTE sale definitivamente verdad? Por ejemplo, último trabajador sale el 03 de junio. Variación a todos los trabajadores con fecha 03 de junio quitándoles la R que ya tenían puesta. O hay que hacer algo más?. |
07/07/2020 17:41 Escrito por: INVERPLATA |
Y no grabar ninguna declaración responsable a partir de ese período |
07/07/2020 20:08 Escrito por: SENSASOLA |
Buenas, pero si renuncias al ERTE!!!!! como tienes que reincorporar otra vez los trabajadores INACTIVIDAD Y- U al ERTE????. Entiendo que mientras dure el ERTE si no renuncias, pueden entrar y salir del mismo los trabajadores aunque esten todos reincorporados. Por que si en el mes julio o agosto o setiembre la actividad se reduce drasticamente y has renunciado al ERTE no puedes volver y que hay que hacer???. No se puede renunciar al ERTE el dia 30-09-2020 el dia final???. Saludos.
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08/07/2020 09:24 Escrito por: ibarom |
Bajo mi punto de vista si renuncias al ERTE y luego el trabajo disminuye, no podrías enviar a los trabajadores al Erte de nuevo, además de perder las exenciones. Con lo cual, es mejor no renunciar hasta ver que todo va bien, hay zonas que están volviendo al confinamiento, con lo cual..... yo no renuncio hasta que esto acabe del todo. |
09/07/2020 10:58 Escrito por: HIDALGO |
B. DIAS, YO HE COMUNICACION LA REINCORPORACION TOTAL DE PLANTILLA A LA AUTORIDAD LABORAL, PERO NO HE HECHO RENUNCIA EXPRESA, PUESTO QUE NO SE SABE ESTO QUE VA A PASAR.- LA INSPECCION ES LA QUE INTERPRETARÁ SI LA REINCORPORACIÓN TOTAL ES RENUNCIA O NO, NO ENTIENDO QUE NO ES LO MISMO.- YO EN MAYO Y JUNIO ME EXONERO DE CUOTAS EN TGSS PORQUE NO HE HECHO RENUNCIA EXPRESA DE NINGUN EXPTE A LA AUTORIDAD LABORAL, TAN SOLO LA COMUNICACION DE LA DESAFECTACION PARCIAL O TOTAL DE LA PLANTILLA. PQ LAS EMPRESAS VAN MUY FLOJAS Y ALGUNAS YA NOS HA COMENTADO QUE VEREMOS A VER QUE OCURRE EN ESTOS MESES SINO TIENEN QUE CERRAR.- YA EN JULIO, AGOSTO Y SEPTIEMBRE ES OTRO TEMA PARA LA EXONERACION DE CUOTAS, PORQUE POR LO VISTO HA INCLUIDO HASTA DECLARACION RESPONSABLE CON RENUNCIA EXPRESA DEL ERTE.- COMO LO HABEIS HECHO VOSOTROS?? OS ESTAIS EXONERANDO, AUN HABIENDO COMUNICADO LA REINCORPORACION A LA ACTIVIDAD DE LOS TRABAJADORES A LA A.L? A VER QUE OPINÁIS |
09/07/2020 18:05 Escrito por: djferez19 |
SABEIS CUANDO SE PODRAN ANOTAR LAS NUEVAS PECULIARIDADES DE LOS CCC Y HACER REINCORPORACIONES CON FECHA DE JULIO, PORQUE HASTA HOY NO SE PUEDE. NO ENTIENDO COMO PUBLICAN UN BNR CON NUEVAS FUNCIONES Y NO SE PUEDEN HACER EN RED, ME PARECE QUE SE RIEN DE NOSOTROS.... BUENO, LO DICHO ¿SABEIS CUANDO SE PODRA? |
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