04/07/2024 10:37 Escrito por: Asemoc |
Buenos días, Tengo un cliente que ha contratado a una persona para realizar prácticas formativas remuneradas por 20horas semanales. Le va a pagar 400€. Mi duda es si le tengo que practicar IRPF del 2% o como no hace jornada completa no es necesario. Es que por todos los sitios veo que los becarios cotizan el 2% de IRPF obligatorio pero no dice naa de la jornada. Muchas gracias |
04/07/2024 16:41 Escrito por: anular |
Buenas tardes, Si fuera indefinido por importe de retribuciones seria un 0% ( por los 400€ ), pero ser temporal lo minimo es un 2%, si tuvieras más ingresos podria aumentar, al igual que indefinido. Ponle un 2%.
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