22/07/2025 13:03 Escrito por: PAAN |
Buenos días, |
23/07/2025 08:43 Escrito por: CYCLO ASESORES Y ABOGADOS |
La ley habla de un familiar de hasta segundo grado ya sea por consanguinidad o afinidad. Yo entiendo que se encuentra en este último caso. También habría que ver si el hijo es menor de edad (mayor de 16 años) en dicho caso no podrá ser autónomo, si no es el caso, debería ir como colaborador. |
23/07/2025 09:05 Escrito por: PAAN |
Hemos conseguido hablar con Seguridad Social, y es autonomo colaborador por 1º grado de afinidad. |
23/07/2025 12:56 Escrito por: oto |
Y si es menor de 30 tambien podría estar también en cuenta ajena sin cotizar a desempleo. Pero pagaría más seguridad social |
25/07/2025 13:13 Escrito por: mamen |
se nos dió un caso hace años... es padrastro asi que es 1 grado, en nuestro caso el titular la mujer y la niña chinas y por un lado tuvimos que presentar libro de familia del matrimonio y luego la documentacion del nacimiento en china ... fue divertido todavia se presentaban las cosas en tesoreria ... qué tiempos aquellos |
Página 1 de 1 |