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22/12/2025 16:39 Escrito por: PAAN |
Buenas tardes, una empresa del sector de la construccion quiere acordar de cara al año que viene el prorrateo de las pagas extras. Se haria un documento de acuerdo entre ambas partes. La cuestion es que el convenio colectivo, dice expresamente que se prohibe el prorrateo de las pagas extraordinarias. Si aunque empresa y trabajador firman dicho acuerdo ¿podria tener algun problema la empresa de cara a alguna inspeccion o reclamacion? |
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22/12/2025 18:30 Escrito por: anular |
Buenas tardes, Es un acuerdo privado. El convenio lo contradice expresamente.(no sirve al acuerdo, es como acordar jornada de 12h dia ) Como todo mientras no pase nada, ira bien. Pero sobretodo en caso reclamacion " problema/despido/ect con el trabajador " te las podra reclamar hasta un año hacia atras, y las tendra que volver a pagar. Por inspección de trabajo, que te revisen el prorrateo es dificil, en caso de inspeccion "generica" si lo pedido el trabajador afectado es otra historia. No lo aconsejo, muy bien ahora pero cuando pase algo......... te lo tocara pringar a la empresa.
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22/12/2025 20:09 Escrito por: Inmae |
Creo que la única forma de hacerlo, es mediante un descuelgue del convenio. Creo que ahí ya nohabría problema. |
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26/12/2025 13:41 Escrito por: Mara |
Buenos días, os referís al convenio de la construcción de la Comunidad de Madrid??, un cliente me está preguntando y no lo he visto, voy a comprobar de nuevo el convenio. |
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26/12/2025 13:59 Escrito por: Mara |
He visto que la prohibición está en el Convenio Estatal de la Construcción, pero en el de la Comunidad de Madrid no se prohibe expresamente, tengo dudas sí se aplicaría la prohibición del Convenio Estatal o no.
Gracias |
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26/12/2025 16:31 Escrito por: PAAN |
Hola, es en el de Jaén. |
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