15/05/2012 17:43 Escrito por: bogie |
Una trabajadora con contrato 100 indefinido ordinario desde febrero 2008 se le va a despedir, me dice la abogada que lleva el asunto que si anteriormente tuvo algun contrato temporal para aplicar como fecha de antiguedad para la indemnizacion la del primer contrato, que resulta ser de 2006. ¿es asi?, no encuentro nada en legislacion, y entre contratos hubo varios meses de intervalo. Jurisprudencia????? |
16/05/2012 09:32 Escrito por: rubor76 |
Para que no se entienda que hay continuidad en el los contratos, la jurisprudencia viene entendiendo que como minimo han de mediar tres meses entre un contrato y otro. Es el mismo criterio que tienen en el SEPE, para entender que no hay fraude de ley entre una baja voluntaria de un contrato indefinido y otro contrato posterior posterior. Lo que no tengo localizada ahora mismo es la jurisprudencia para enviartela, pero a poco que busques en internet, lo encuentras. Saludos. |
16/05/2012 10:43 Escrito por: bogie |
gracias, pensaba que seria por jurisprudencia y me lo has confirmado. Buscare si encuentro alguna sentencia. |
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