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Normal baja it sin periodo de carencia - programa de nominas

12/03/2013
18:04

Escrito por:
CALZADA

 HOLA BUENAS TARDES, TENGO UNA TRABAJADORA QUE ESTA DE BAJA POR IT Y NO TIENE 180 DIAS COTIZADOS POR LO TANTO NO TIENE DERECHO A LA BAJA, ES LA PRIMERA VEZ QUE SE ME DA ESTE CASO.

ME HAN DICHO EN SISTEMA RED QUE SOLAMENTE TENGO Q COMNICAR EL PARTE DE ALTA Y BAJA NO LOS DE CONFIRMACION, PERO EN VUESTRO PROGRAMA DE NOMINAS HACEIS ALGO "RARO" PORQUE SIN LOS ENVIO COMO SI NADA LE PAGARIAN AL EMPRESARIO EL PAGO DELEGADO Y ESTA TRABAJADORA NO TIENE DERECHO A EL NO?

12/03/2013
18:23

Escrito por:
jjguijarro

supongo que la IT es por enfermedad común, Los partes tienes que comunicarlo sólo que no tienes que abonar la IT y por tanto no deducir nada tienes que tenerlo en cuenta a la hora de la nómina y los seguros sociales.

12/03/2013
18:33

Escrito por:
PRINCESS

HACE POCO TUVE YO UN CASO. PRIMERO TEN EN CUENTA A LA HORA DE COMPUTAR LOS 180 DIAS DE CARENCIA QUE SE TIENEN EN CUENTA LOS DIAS CUOTA. PREGUNTA EN EL INSS Y QUE TE ASEGUREN QUE NO CUMPLE LA CARENCIA.

EN CASO DE QUE SIGA SIN TENER LOS 180 DIAS UNA VEZ COMPUTADA LA PARTE PROPORCIONAL DE DIAS CUOTA, EN EL PROGRAMA DE NÓMINAS TIENES QUE TENER UN APARTADO EN EL QUE INDICAS ESTO PARA NO DEDUCIRTE NADA. LOS PARTES TIENES QUE ENVIARLOS.

12/03/2013
19:03

Escrito por:
CALZADA

TODOS LOS PARTES,HASTA LOS DE CONFIRMACION?

12/03/2013
19:11

Escrito por:
asesor39

Buenas tardes:

En caso de Baja por Contingencias comunes,hay obligacion de tramitar el parte de baja y el de alta y los de confirmación a traves del sistema red, cuando tienes todo el parte diligenciado y antes de generar el informe, el sistema te informa si el trabajador/a, tiene el periodo de carencia.

En el caso que no tenga el periodo de carencia solo hay que tramitar baja y alta. Si no tiene periodo de carencia no tiene derecho a prestacion por IT por contingencias comunes, por tanto a la hora de hacer la nómina correspondiente al mes de la baja y posteriores, la nomina se confecciona sin prestación de it, pero sí se reflejan los dias de baja.

El programa de nóminas tal y como dice PRINCESS,debe de tener donde recoger esta incidencia.De este modo cuando confecciones los seguros sociales del mes correspondiente al mes de la baja los seguros saldran sin deducción por pago delegado. Ten en cuenta respecto a este tema que el pago delegado se produce a partir del día 16 de la baja, del cuarto al 15 corre a cargo del empresario la seguridad social del trabajador, siempre que sí se tenga periodo de carencia y derecho a cobrar la prestacion por IT.

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