04/09/2013 10:11 Escrito por: anarosa |
Buenos días a ve si me podeis ayudar en la siguiente problematica. Tengo un trabajador que ha faltado un dia por ir al medico, el cual le ha dado reposo surante 24/42 horas. Esto se lo ha indicado en el volante medico que emite y no mediante un parte de baja. Me dice la empresa, que los trabajadores pueden faltar hasta 4 días al año a la empresa por una enfermedad, sin necesidad de que se emita el parte de baja. Yo entiendo que esto no es así, y mirando la normativa creo que se estan confundiendo, ya que esto se regula en la normativa de los empleados publicos y no de los trabajadores del regimen general ¿ ha cambiado la normativa a este respecto ?¿ le pido el parte de baja al trabajador verdad? Me sería muy util vuestra ayuda :) Gracias de antemano,
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04/09/2013 11:01 Escrito por: rosa1 |
LEE EL ART, 128 DE LA LGSS, Y verás que estás en los cierto. Yo sI el médico de cabecera no quiere dar la baja, lo que hago es tratarlo en la nómina como una baja, es decir el día de reposo no cobra. |
04/09/2013 11:01 Escrito por: jom |
la obligación de emitir parte de baja es si el trabajador esta más de tres días enfermo, por lo tanto reposo 24/48 horas no se emite parte de baja |
04/09/2013 11:03 Escrito por: jom |
estoy de acuerdo con rosa1, aunque no exista parte de baja, los tres primeros días aplico lo que diga el convenio, y le descuento los días que no va a trabajar, o la totalidad o el 50%, según cada convenio |
04/09/2013 11:25 Escrito por: anarosa |
jom y eso que dices de que la obligacion de emitir el parte de baja es si esta mas de 3 días enfermos ¿ donde lo puedo ver?¿ que normativa lo regula? El convenio dice lo siguiente :" desde el quinto de la baja la empresa complementara las prestaciones de los seguros de it hasta un 100% del salario durante un plazo maximo de 12 meses" Con esto entiendo que aunque no tenga el parte de baja, yo en la nomina los dias que no haya ido a trabajar ( van dos días de momento) no los pago en la nomina ¿ no? Ui que lio de verdad. Y si no los pago en nomina ¿ que concepto se pone?¿faltas de asistencia? ¿ baja de it aunque no tenga el parte?
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04/09/2013 11:55 Escrito por: NEREI |
El médico tiene que emitir la baja por enfermedad aunque sea por un solo día independientemente del derecho o no del trabajador a cobrar por esos días en aplicación del convenio. El único documento que justifica la ausencia por enfermedad de un trabajador es el parte de baja. Yo siempre mando a los trabajadores al médico cuando traen eso y siempre les dan la baja, ya digo, muchas veces baja y alta el mismo día. |
04/09/2013 12:03 Escrito por: eva |
Estoy con NEREI, yo también pido el parte de baja aunque sea de un día, y el médico de cabecera se lo da. No tiene por qué esperar al tercer día, ya que en ese momento lo que te dan es el primer parte de confirmación de la baja, y no la baja en sí. |
04/09/2013 12:47 Escrito por: ramsey |
Falta de asistencia sin justificar. Se descuenta. Computable para un despido objetivo. La mala costumbre de los medicos de no expedir partes de baja y de hacer sólo justificantes hace creer que ese dia se paga. ¿ y por qué los médicos hacen esos justificantes y no bajas, que es lo que deberían hacer?.... por sus estadísticas e incentivos por no tramitarlas.... Esto harto de ver esos justificantes que indican reposo de tres dias y de que los trabajadores se creen que tienen derecho a cobrar incluso más que si están de baja médica.
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