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Normal que vais a hacer con los administradores???

30/12/2014
13:49

Escrito por:
mamen

hola teneis claro que vais a hacer con los administradores de las sociedades los vais a dar de alta en IAE?????la interpretacion es amplia tal y como dijo alguien en el foro.... no solo la seccion segunda recoge a profesionales liberales o adscritos a colegios profesionales... tambien en el entran limpiadoras, transportistas???? que entendemos en aquellos epigrafes que hablan de otros profesionales relacionados con el transporte... hosteleria... comercio.... yo no lo tengo claroooo y no se que hacer

30/12/2014
13:56

Escrito por:
ramsey

Hola mamen

No son los administradores, si no los profesionales que presten servicios para las mercantiles y que estén de alta en autónomos. Por tanto no entran los que no sean profesionales de la sección 2 del IAE, ni los que aún siendolo estén de alta en otro régimen.

 

30/12/2014
14:02

Escrito por:
mamen

vale  y quien nos dice que el administrador de una sociedad  que sea un bar  no nos lo pueden enfocar como otros profesionales relacionados con la hosteleria.... con el comercio..........con el transporte... esta es la interpretacion que quiera hacer la administracion....

30/12/2014
14:12

Escrito por:
IMBEROSIMIL

Ni tú, ni yo ni en la AEAT, en las última charla a la que asistí de novedades estan igual que nosotros no saben

30/12/2014
14:15

Escrito por:
ASEM

Estoy con mamen, entiendo que son todos los socios incluidos los administradores si están dados de alta de autónomos (por nº de participaciones) y presten servicios a la empresa como trabajadores (antes tenían una nómina mensual por su trabajo) ahora factura mensual y presentación trimestral de impuestos y resumenes anuales.

Yo creo que daré de alta a los que esté muy claro que son profesionales y lo especifique en la sección 2, lo de "otros profesionales..." en principio no lo voy a contemplar.

como lo veis?

30/12/2014
16:14

Escrito por:
ramsey

Yo solo a los incluidos en la Sección segunda:

https://www.dropbox.com/s/m44cdc3bz6131hb/Tabla_de_epigrafes_IAE.pdf?dl=0

 

30/12/2014
17:20

Escrito por:
rafasemar

COINCIDO CON RAMSEY....es decir, si ya pensamos que un dependiente de una S.L. (ferreteria por ej) se estima profesional....

30/12/2014
19:41

Escrito por:
Pedroches

PUes yo sigo teniendo mis dudas. En la sección 2, aparecen hasta "limpieza" por ejemplo.

Esto no lleva buen camino. De la manera que está, se haga lo que se haga, tendrá sus patas y la AEAT podrá pensar lo que quiera según le convenga.

 

31/12/2014
09:13

Escrito por:
ANANAVNAV

que norma es esta? estoy perdida

31/12/2014
11:24

Escrito por:
ASEM

Yo veo todo esto como un  caza sanciones, es decir es imposible conseguir interpretar a que se refieren y en Hacienda se van a ceñir a decir sección 2 y luego cada uno que haga lo que crea que debe hacer sin saber exactamente si está haciendo lo correcto.

A ver yo entiendo que abogados, arquitectos, medicos, etc.. está claro que si.

Camareros, dependientes, albañiles, limpiador, etc.. entiendo que no hay que darles de alta en el IAE

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