30/12/2014 13:49 Escrito por: mamen |
hola teneis claro que vais a hacer con los administradores de las sociedades los vais a dar de alta en IAE?????la interpretacion es amplia tal y como dijo alguien en el foro.... no solo la seccion segunda recoge a profesionales liberales o adscritos a colegios profesionales... tambien en el entran limpiadoras, transportistas???? que entendemos en aquellos epigrafes que hablan de otros profesionales relacionados con el transporte... hosteleria... comercio.... yo no lo tengo claroooo y no se que hacer |
30/12/2014 13:56 Escrito por: ramsey |
Hola mamen No son los administradores, si no los profesionales que presten servicios para las mercantiles y que estén de alta en autónomos. Por tanto no entran los que no sean profesionales de la sección 2 del IAE, ni los que aún siendolo estén de alta en otro régimen.
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30/12/2014 14:02 Escrito por: mamen |
vale y quien nos dice que el administrador de una sociedad que sea un bar no nos lo pueden enfocar como otros profesionales relacionados con la hosteleria.... con el comercio..........con el transporte... esta es la interpretacion que quiera hacer la administracion.... |
30/12/2014 14:12 Escrito por: IMBEROSIMIL |
Ni tú, ni yo ni en la AEAT, en las última charla a la que asistí de novedades estan igual que nosotros no saben |
30/12/2014 14:15 Escrito por: ASEM |
Estoy con mamen, entiendo que son todos los socios incluidos los administradores si están dados de alta de autónomos (por nº de participaciones) y presten servicios a la empresa como trabajadores (antes tenían una nómina mensual por su trabajo) ahora factura mensual y presentación trimestral de impuestos y resumenes anuales. Yo creo que daré de alta a los que esté muy claro que son profesionales y lo especifique en la sección 2, lo de "otros profesionales..." en principio no lo voy a contemplar. como lo veis? |
30/12/2014 16:14 Escrito por: ramsey |
Yo solo a los incluidos en la Sección segunda: https://www.dropbox.com/s/m44cdc3bz6131hb/Tabla_de_epigrafes_IAE.pdf?dl=0
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30/12/2014 17:20 Escrito por: rafasemar |
COINCIDO CON RAMSEY....es decir, si ya pensamos que un dependiente de una S.L. (ferreteria por ej) se estima profesional.... |
30/12/2014 19:41 Escrito por: Pedroches |
PUes yo sigo teniendo mis dudas. En la sección 2, aparecen hasta "limpieza" por ejemplo. Esto no lleva buen camino. De la manera que está, se haga lo que se haga, tendrá sus patas y la AEAT podrá pensar lo que quiera según le convenga.
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31/12/2014 09:13 Escrito por: ANANAVNAV |
que norma es esta? estoy perdida |
31/12/2014 11:24 Escrito por: ASEM |
Yo veo todo esto como un caza sanciones, es decir es imposible conseguir interpretar a que se refieren y en Hacienda se van a ceñir a decir sección 2 y luego cada uno que haga lo que crea que debe hacer sin saber exactamente si está haciendo lo correcto. A ver yo entiendo que abogados, arquitectos, medicos, etc.. está claro que si. Camareros, dependientes, albañiles, limpiador, etc.. entiendo que no hay que darles de alta en el IAE |
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