17/09/2015 19:32 Escrito por: bogie |
Me dice un cliente . Él está de alta de autonomo en seguridad social , pero se dio de baja hace 10 años en hacienda pero no se dio de baja en seguridad social y ha estado pagando su autonomo, ahora dice que se quiere dar de alta en otra actividad, que hago cambio en hacienda de actividad y no le doy de alta en seguridad social porque ya lo esta???. o voy a seguridad social para cambio actividad, porque online me da que no va a colar. para mi el problema es la jubilacion,........ que lo mismo no se la dan . |
18/09/2015 09:35 Escrito por: mamen |
uff la gente tiene tela marinera...10 años ni mas ni menos pues yo creo que daria de alta en hacienda la misma actividad y la otra nueva y pasado un tiempo daria de baja en hacienda la que no corresponde e intentaria hacerle un cambio de actividad de autonomo... y que avisale que seguridad social no lo detecte aunque o sabrial decirle las consecuencias que puediera tener la irregularidad que ha hecho durante 10 años. |
18/09/2015 12:49 Escrito por: IMBEROSIMIL |
Pues yo intentaría comunicar una pluriactividad en Seguridad Social con el nuevo alta de Hacienda y comunicar al cliente que es imprevisible saber las consecuencias de una irregularidad como estar de alta en autónomos sin estar de alta en Hacienda. La opción de mamen es buena también dentro de la irregularidad inicial, de todos modos no conocemos el resultado del cruce de datos entre la AEAT Y SEGURIDAD SOCIAL, no sabemos como lo gestionan internamente, igual saltan todas las alarmas |
18/09/2015 13:31 Escrito por: RUBI |
O no entiendo bien la preugnta o no veo el problema. Si ha seguido pagando autónomos nadie se lo puede reclamar, respecto a hacienda con que simplemente se de de alta en el 036 y presente sus impuestos de ofmra regular ya está. Yo he tenido varias personas en el mismo caso, había picos que no tenian rtrabajo y se daban de baja en hacienda para no tener que presentar y/o pagar impuestos , sin embargo querian seguir pagando auntónomos para la pensión futura. |
18/09/2015 13:36 Escrito por: mamen |
Pues hasta donde yo se estar de alta de autonomo sin tener actividad no es legal , para eso estan los convenios especiales que se suscriben para aquellos casos en los que se quiere seguir cotizando. La LGSS deja bien claro quien debe causar alta de autonomo y que condiciones se debe cumplir... y desde luego que el autonomo sin ejercer actividad no esta como concepto recogido.... |
18/09/2015 13:51 Escrito por: IMBEROSIMIL |
Estoy con mamen los convenios especiales no se para que están entonces? |
18/09/2015 13:52 Escrito por: geeee |
Vaya telaaaaa.... como crucen.... o le liquidan la actividad de todos los años la AEAT o bien le anulan las cotizaciones... buf.... a veces por menos saltan las alarmas... por 10 euros te envía hacienda un requerimiento.. y que esto tan gordo no salte me parece un error gravísimo por parte de la administración.... bueno SUERTE! |
18/09/2015 13:59 Escrito por: IMBEROSIMIL |
Pues lo mismo que tramitar un alta en HACIENDA y no en Seguridad Social, el cruce de datos aún no es completo el día que esto pase una mina de oro. |
18/09/2015 19:30 Escrito por: Esma77 |
y ha presentado las declaraciones trimestrales? |
21/09/2015 11:02 Escrito por: eva |
Ufff.... como le de a la administración por indagar... se ponen las botas!!...10 años, ni más ni menos!!! |
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