12/11/2015 09:13 Escrito por: lagocoll |
UN EMPRESA ME PLANTEA SI UNA TRABAJADORA QUE HA PEDIDO REDUCCION DE JORNADA DE 9 A 15 TIENE DERECHO A COMER EN LA EMPRESA , ES EL CONVENIO DE MURCIA Y EXACTAMENTE DICE:
Los trabajadores tendrán derecho, como complemento salarial en especie, a recibir, con cargo a la empresa y durante los días que preste servicio, la manutención
A RAIZ DE ESTO ME SURGE LA DUDA DE CUANDO TIENE UN TRABAJADOR EN HOSTELERIA DERECHO A COMER EN LA EMPRESA ¿DEPENDE DEL HORARIO?, LO HE COMENTADO CON OTROS ASESORES Y CADA UNO TIENE UNA OPINION, ¿ME PODEIS DAR LA VUESTRA? GRACIAS |
12/11/2015 09:45 Escrito por: jom |
creo que no planteas el tema por el problema de la cotización en especie o no, pq en ese caso he decidido que lo cotizo si el trabajador efectivamente come o no en la empresa, si come en la empresa, aunque tenga un contrato de 3 horas por ejemplo se le cotiza. Pero creo que lo planteas en el sentido de si la empresa esta obligada a darle de comer, en tu caso entiendo que tampoco debe influir las horas que este de alta, por ejemplo si es un restaurante y todos los trabajadores comen a la una por ejemplo (antes de abrir al público), considero que esta trabajadora tb tiene derecho a la manutención, pero si en cambio comen a las 5 (cuando cierran), en este caso no creo que la empresa este obligada hacerle una comida para ella sola. Aunque en términos generales si la empresa sirve comidas, los trabajadores en conjunto, independientemente de las horas en alta tienen derecho a la manutención |
12/11/2015 10:20 Escrito por: lagocoll |
Yo opino como tu hay derecho a manutención si me apuras incluso fuera del horario de comidas, pero la verdad que tampoco tiene mucha logica ¿no? Muchas gracias por la respuesta |
12/11/2015 10:55 Escrito por: lagocoll |
y cuando comen en la empresa que pones el salario en especie por el importe que marca el convenio, pq en murcia habla de 5,55 € mensuales y parece poco no?? o como lo valoras?? |
12/11/2015 12:19 Escrito por: jom |
AQUI EN ALICANTE, LA MANUTENCIÓN NO VENIA VALORADA ECONOMICAMENTE, PERO JUSTO A MEDIADOS DE AÑO LA VALORARON EN 225 EUROS AÑO, 18'75 MES, ME PARECE POCO, PQ TENGO UN CLIENTE EN CORDOBA, Y POR LO MENOS SON 31'95 EUROS MES, PERO 5'55 YA ME PARCE POQUISIMO, VALORAN EL COSTE DE LOS ALIMENTOS EN 25 CENTIMOS DIARIOS, PERO SI LO PONE EL CONVENIO??????, MENOS COSTE PARA LA EMPRESA YO ESTOY PONIENDO LO QUE MARCA EL CONVENIO, LOS 18'75 |
12/11/2015 13:48 Escrito por: lagocoll |
nadie sabe una sentencia o algo que trate el tema de la obligatoriedad de la manutencieon sin tener en cuenta el horario. La empresa me esta volviendo loca¡¡¡¡¡¡¡¡ A veces creo q creen que me invento las cosas UUUUUFFFF |
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