26/01/2016 10:53 Escrito por: rafasemar |
Hola, planteo un tema que puede ser interesante, porque nos puede tocar: mujer que a los 5 meses de casarse, con jubilado, éste fallece por enfermedad repentina (pancreatitis), enfermedad que nunca padeció como asi refleja su historial medico, y toda la documentacion medica del fallecido. la resolucion de la pension, es la temporal, le han concedido 2 años, solamente, cuando segun la ley, éste tipo de fallecimientos (como si fuera un accidente de coche, por ejemplo), repentinos, sin antecedentes en su historial medico, son susceptibles de la viudedad vitalicia.
alguien tendría algun modelo que me sirva de patrón, para una reclamacion previa, sobre éste tema?? |
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