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Normal Novedad en Bajas Fuera de Plazo

23/02/2016
10:53

Escrito por:
FAD

Hola, ayer fui a mi administración para que me cambiaran la fecha de efectos, de unas bajas quehabia dado fuera de plazo. Siempre lo han echo aportando la nómina y el finiquito firmado. Pero me dijo el funcionario, que ya ha cambiado, y que esa documentación no sirve para nada. Que ahora lo que hay que aportar es una comunicación al SEPE de fin de contrato.

Ahora estoy intentando buscar cual es esta opción para poder presentar esta documentación, pero no se que hay que hacer exactamente. ¿Alguien puede ayudarme?

23/02/2016
12:06

Escrito por:
mamen

Sera el certificado de empresa...........................?????

23/02/2016
12:53

Escrito por:
bogie

ni idea. pero si lo arreglas ponlo ya que a mi no me dejan un fuera de plazo ponerlo en plazo haga lo que haga.

23/02/2016
13:14

Escrito por:
MARIASAN

Si, es con el certificado de empresa, a mí alguna vez me lo han arreglado.

 

23/02/2016
13:15

Escrito por:
ALHAMA

NO estoy segura, pero hay convenios y contratos que establecen que se ha de comunicar al SEPE la terminación del contrato pero nunca lo he hecho ni se como es... pero se me ocurre que podrias preguntar en el SEPE mismo. No obstante mal lo veo, porque podrias presentarla ahora....

Yo dí una baja fuera de plazo sin saberlo porque fué cuando se cambiaron los días de baja y nunca me lo arreglaron y además tuve que cotizar hasta el día de la comunicación de la baja

23/02/2016
13:53

Escrito por:
sangil

El viernes solicité baja de trabajador con fecha 23/12/2015 y aporté nomina, finiquito y solicitud de validación de la fecha, con firma, junto a la ma de empresa y trabajador como que era correcto. Me pidieron copia del DNI por si la empresa hubiese falsificado la firma de la trabajadora. Y sin más problemas.

Hay funcionarios y otros funcionarios!

23/02/2016
13:55

Escrito por:
sangil

Actualmente creo que sólo es obligatorio comunicar al SEPE el fin de contrato de los de Formación y Aprendizaje.

23/02/2016
18:01

Escrito por:
BOLO

Hola FAD.

Se refiere al certificado de empresa presentado telemáticamente al SEPE.

A nosotros para poner una baja en plazo nos exigen: La carta de terminación de contrato, despido, ...etc. firmada por el trabajador y la empresa, el DNI del trabajador, como dice SANGIL, para comprobar la firma y el certificado de empresa y el resguardo de haberlo presentado.

Un saludo.-

02/03/2016
19:28

Escrito por:
ALFREDO

Según la legislación vigente, sirve cualquier medio de prueba que acredite la fecha real de la baja.Lo que ocurre es que estos funcionarios que nos ha tocado en suerte, no unifican criterios, además de que al ser TGSS un organismo recaudador, lo coherente en estos casos, es dificultar la labor del asesor, pues si no se verifica la puesta en plazo del movimiento, se acrecenta el deber de cotización de la empresa por los dias que exceden de la fecha real a razón de la parte de la aportación empresarial a la Seguridad Social. Esta mañana he presentado una solicitud de puesta en plazo de 25 movimientos adjuntando una declaración firmada de los trabajadores.Un saludo.

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