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21/03/2016 09:35 Escrito por: 1984 |
UNA PERSONA QUE ESTA TRABAJANDO POR CUENTA AJENA EN SISTEMA ESPECIAL AGRARIO PERO QUE NO ESTA INCLUIDO EN EL CENSO AGRARIO. ¿PODRIA COBRAR LA IT? ¿COMO VA? ¿QUIEN PAGA? |
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21/03/2016 10:58 Escrito por: ALMAR |
HOLA 1984, LA IT LA PAGARÍA EN ESTE CASO SEGURIDAD SOCIAL, POR LO QUE DICES O DEDUZCO ES TEMPORAL VERDAD???, PARA QUE LO INCLUYAN EN EL CENSO AGRARIO TIENE QUE TENER DECLARAS 30 PEONADAS COMO MÍNIMO, SI LAS TIENE TENDRÍA QUE INCLUIRSE, ES ACONSEJABLE QUE LO HAGA YA QUE SI NO FUERA ASÍ NO COTIZARÍA. ESPERO HABERTE SERVIDO DE AYUDA |
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21/03/2016 11:05 Escrito por: ALME |
Sí que puede cobrar la I.T., pues los tres primeros días de la baja no se pagan, los quince primeros días posteriores los paga la empresa si se deja dado de alta e inmediatamente después pasa a cobrar del INSS. Nosotros en régimen agrario, actuamos de la siguiente manera, un peón agrícola eventual por ejemplo, si es accidente de trabajo, es un pago directo de la mutua desde el primer momento, en caso de enfermedad común, si se le contrató para un trabajo específico junto a más trabajadores, lo dejamos dado de alta hasta que los compañeros terminen el trabajo para el cual se les contrató, una vez acabado el trabajo lo damos de baja junto a los demás compañeros, en ese tiempo que sigue de alta, le paga la empresa los quince primeros días y posteriormente el INSS. Saludos |
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21/03/2016 11:56 Escrito por: 1984 |
SI LA COTIZACION ES POR JORNADAS REALES, LA EMPRESA LE PAGARA AL TRABAJADOR LOS DIAS QUE ESTUVIERA PREVISTOS QUE EL TRABAJADOR HUBIERA TRABAJADO Y NO TODOS.....¿NO ES ASI? |
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22/03/2016 10:13 Escrito por: ALME |
Así es, correcto, por los días previstos. |
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