19/07/2011 16:42 Escrito por: jaime |
tengo una duda importante, una de las empresas tenía una persona sin asegurar, ella demando y en llegamos a un conciliacion judicial con saldo y finiquito. Resulta que estaba cobrando una prestación sin que dijera nada y ahora nos reclaman la devolución de esa prestación. Nosotros le hemos abonado todo, psegun el art 231.f de lgss lo debe devolver la trabajadora, ¿teneis algun caso parecido? |
20/07/2011 11:16 Escrito por: celruva |
Lo mas parecido que he tenido es cuando un trabajador desde el despido cobra el desempleo y luego la empresa se declara el despido improcedente y ha de abonar los salarios de tramitacion. Y en este caso la empresa pago y cotizo, y el trabajador, pero el trabajador directamente, tuvo que devolver al inem los meses de paro cobrados. No se si te sirve de algo. |
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