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Normal it y nacimiento de hijo

01/08/2016
10:48

Escrito por:
mamen

BUENOS DIAS, TENEMOS UN trabajador que estando de baja de It su mujer ha dado a luz, la empresa le tiene que dar los dos dias por nacimiento de Hijo o los pierde, concretamente la mujer ha dado a luz el 24 de julio, y el me ha traido el alta de It con fecha 30.07, desde cuando tendria que hacer el certificado de empresa de paternidad desde el dia 3/08 o del 31/07. GRACIAS NO SE ME HA DADO EL CASO

01/08/2016
12:36

Escrito por:
mamen

nadie sabe decirme?????

01/08/2016
12:43

Escrito por:
bogie

yo entiendo que desde el 31 ya que si estaba en it hasta el 30  , no podia empezar el permiso de paternidad hasta el 31.

01/08/2016
13:28

Escrito por:
mamen

ESO lo tengo claro me refiero a los dos dias que corresponden por nacimiento de hijo que la empresa le tiene que dar ??? lo pierde o no????

01/08/2016
14:03

Escrito por:
moni

Yo entiendo que los pierde, al igual que pasaría por los 2 días (s/c.) por muerte del padre. Ya que no es lógico tener esos 2 días por la muerte, despues de un mes que te dure una IT. Esos permisos son para conciliar en el momento del hecho causante (nacimiento,muerte,...), salvo que en convenio especifique otra cosa.

No pasaría lo mismo con la prestación de paternidad a cargo de la S.S., que ahí ya se determina que se puede escoger dentro de un periodo

02/08/2016
13:12

Escrito por:
mamen

Si yo tambien lo entiendo asi pero me gusta saber vuestra opinion

17/08/2016
13:26

Escrito por:
neo

al menos que el CC diga lo contrario se pierden ya que se solapan con los dias en IT.

19/08/2016
09:29

Escrito por:
ramsey

Si la IT se ha iniciado antes de la suspensión por paternidad:

    En el ámbito de aplicación del ET , los procesos de IT se mantendrán en sus propios términos hasta el momento del inicio del descanso. Una vez percibido el subsidio por paternidad, si persiste la IT anterior, se reanudará el cómputo interrumpido y el abono del subsidio correspondiente a esta contingencia.
19/08/2016
17:03

Escrito por:
INVERPLATA

O sea, que se interrumpe por el inicio del descanso y si después persiste la IT, se reanuda.

Pues yo por sentido común, si el trabajador está incapacitado sigo con mi baja por IT, y después del alta y dentro de los 3 meses al hecho causante cojo mis 13 días de paternidad. Los 2 días de la empresa, se pierden

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