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Temas Generales

Normal regimen agrario

22/08/2016
12:00

Escrito por:
CARMENR

Buenos dias .

Nunca hemos trabajado con el Regimen Agrario y ahora se nos presenta la oportunidad, pero tenemos muchas dudas.

El cliente en concreto quiere constituir una SLU y contratar gente para prestar servicios en explotaciones agricolas , en concreto tareas de arreglo y podado de las viñas.

El empresario y socio unico de la SL ¿estaria en alta en el Regimen Especial de trabajadores por cuenta propia agrarios ? Entendemos que no ya que no es titular de una explotacion agraria como tal.

Los trabajadores que contrate para realizar  las tareas ¿ regimen general o agrario?

Alguien que lleve agrario y nos aclare el tema..

Gracias

22/08/2016
14:00

Escrito por:
esteveros

Al constituir la SL tienes que poner la actividad o activiades que puede ejercer la empresa, y para solicitar el CCC ecesitas el alta en Hacienda, si la actiivdad es la explotación agraria, sólo depende de la extensión del terreno para que el administrador sea cuenta propia agrario o AUTÓNOMO.

22/08/2016
17:45

Escrito por:
sangil

Interpreto correctamente que la empresa pretende dedicarse a ceder trabajadores a otras empresas? Eso sólo pueden hacerlo las ETTs (Empresas de Trabajo Temporal)

Ruego contactes con la Seguridad Social o la Inspección de Trabajo antes de iniciar ningún trámite:

Según tengo entendido:  Esta prohibido ceder trabajadors a otra explotación que no sea la propia del titular de la empresa. Los trabajadors se contratan para trabajar en la propia explotación de la empresa contratante.

NnO DES UN PASO EN FALSO YA QUE PODRIAN ACUSARTE DE COMPLICE

23/08/2016
10:35

Escrito por:
CARMENR

Si Sangil ya habiamos pensado ese tema de la posible cesion ilegal de trabajadores tal y como quiere trabajar nuestro cliente. Tendremos que consultarlo en S.Social antes de nada .

Respecto a la respuesta de Esteveros ,en realidad no existe explotacion agraria propia que explotar . La empresa no tiene tierras ni con mayor ni con menor extension. Trabajara en explotaciones agricolas de otros empresarios prestando servicios agricolas.

Gracias a los dos

23/08/2016
11:47

Escrito por:
Jesus-C

Respecto al encuadramiento del Socio Administrador, yo creo que tiene que ir al RETA, pues precisamente los encuadramientos en cotización de los socios, no dependen del tipo de actividad que realice la empresa, sino a la cantidad de participación y al cargo que este tenga en la sociedad.

23/08/2016
13:16

Escrito por:
CARMENR

 Y respecto a los trabajadores ¿ estarian en Regimen Especial Agraria?

01/09/2016
09:46

Escrito por:
FRANCISCO

Entiendo que lo que está planteando tu cliente es una empresa de servicios agrarios. Estos trabajadores van al régimen general. Al agrario solo sería cuando se trabaja en la explotación propia de la empresa, indistintamente del régimen de tenencia de la tierra.

El administrador dependerá de cual sea la actividad principal, pero si es la de servicios irá al RETA directamente.

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