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13/10/2017 17:18 Escrito por: 1991 |
Buenas tardes, el caso es que este año se han publicado nuevas tablas salariales, y por incremento y cumulación de trabajo han habido convenios que se me han pasado aplicar dichas actualizaciones salariales y/o atrasos en determinadas empresas. Mi pregunta es, si los realizo fuera del "plazo teóricamente estipulado para ello", los calculo y pago este mes de octubre por ejemplo, y en la fecha de control indico 10/2017, ¿alguien sabe o puede confirmarme que vendrán sin recargo? Es decir, ¿SILTRA todavía únicamente toma el valor de la fecha de control indicado para liquidar atrasos con o sin recargo? ¿Alguien sabe algo al respecto o le ha pasado? Gracias y buen fin de semana! |
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16/10/2017 13:37 Escrito por: Info_As |
1991, en cuanto pongas la fecha de control, automaticamente se entiende que lo que envíes y sobrepase ese mes posterior, te lo tomará o pedirá con recargo. |
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16/10/2017 13:52 Escrito por: 1991 |
Hola Info_As, gracias por contestar. Si, eso lo se. me refiero a que si yo liquido y cotizo ahora en octubre atrasos de septiembre a enero de 2017, por un convenio cuyas tablas se publicaron en junio, indicando como fecha control 10/2017, no deben aparecer recargos, verdad? En buenas palabras, ¿el sistema siltra detecta automaticamente diferencias entre la fecha de control indicada y la fecha en el que se debieron liquidar dichos atrasos según lo establecido en el convenio? ¿puede detectar automaticamente que el pago/cotización de dichos atrasos no se ha realizado cuando toca y consecuentemente aplicar recargo? Gracias!!! |
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17/10/2017 11:11 Escrito por: bogie |
yo creo que no los detecta , (por el ultimo envio de atrasos que mande en junio) ,,,,,,otra cosa es inspeccion , etc.... pero si pones fecha control 10/2017 deberia autorizartelo sin recargo. |
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17/10/2017 17:55 Escrito por: 1991 |
gracias bogie por contestar. Si, inspeccíón ya se que es otro tema, pero no creo que revisen eso, y en caso de revisarlo mientras se coticen los atrasos, creo que es lo que les interesa a ellos. Gracias, lo tendré en cuenta, y a vcer si me pongo las pilas y lo actualizo todo. |
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24/10/2017 19:03 Escrito por: INVERPLATA |
Y si me piden atrasos de este año y del pasado, pongo la fecha de control también octubre o bien 31.12.2017? Es que recuerdo que una vez haciéndolo bien porque me dejaban varios meses para regularizar me salíó con recargo ...? |
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25/10/2017 13:20 Escrito por: bogie |
cuando sale un convenio con dos años por actualizar , asi lo he hecho, y sin recargo. creo te podria venir bien esto si no lo tienes, saludos http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/192763.pdf |
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