06/02/2018 14:48 Escrito por: rjg14 |
Buenas, Tengo un fin de contrato el día 30/01; y comunico la baja el día 05/02. Quiero reconocer esta baja fuera de plazo pq la administración nones de que me "hagan" el favor. En cuanto al certificado de empresa, los días que cotiza por la parte del empresario; tengo que indicarlos en el certificado de empresa? O sólo ha de indicar en el certificado de emrpesa hasta el día 30/01?
Es que he intentado comunicarlo con los días de más, y me lo devuelve con error, y ya tengo dudas. |
06/02/2018 15:52 Escrito por: jam |
Si has comunicado la baja fuera de plazo con fecha 30/01, en el certificado de empresa solo tiene que indicar hasta el 30/01, el resto de días el trabajador no tiene nómina. |
06/02/2018 16:06 Escrito por: rjg14 |
Gracias, es justo l informaición que demandaba. |
06/02/2018 20:48 Escrito por: rjg14 |
"jam" me indican que no; que el certificado tiene que indicar hasta el día 30/01; pero también los días que cotiza el empresario fuera de plazo; es decir que debe de reflejar el 31/01, y los cinco días de Febrero. Vaya tela; ¿nadie ha tenido mi caso para saber qué es correcto? |
07/02/2018 09:26 Escrito por: jam |
Yo he tenido casos, y el certificado fue hasta el día de la baja, y no me dio problemas. Pero ya hace un par de años que lo envie uno con ese caso... |
07/02/2018 09:32 Escrito por: rjg14 |
Pero hasta el día de la baja te refieres hasta el 30/01o hasta el 05/02? |
07/02/2018 13:16 Escrito por: sangil |
La norma indica que: Seg-Social la baja puede retrotaerse hasta 3 días, es decir baja del día 2 Sepe ouede comunicarse hasta 10 días de la finalización. Cuando se da la baja Seg Social en plazo debe comunicarse si hay días de vacaciones después del día de la baja, para cotizar por ellos. Al sepe deben comunicarse esos diás adicionales de cotización para que los tenga en cuenta por cotizados a efecto de prestaciones. Las comunicaciones fuera de plazo pueden dar lugar a sanciones administrativas.
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07/02/2018 14:03 Escrito por: rjg14 |
Insisto, respecto a las vacaciones lo tengo claro...; pero en cuanto a los días cotizados fuera de plazo por baja fuera de plazo; eso qué? se indica o no en el certificado? |
07/02/2018 19:08 Escrito por: sangil |
A efectos del Sepe, debe indicarse en el Certificado hasta el último día en que se cotiza, aclarando o no el concepto. Las prestaciones del trabajador serán por los últimos 180 días cotizados. Indica fecha de baja el último día cotizado, aunque sea por baja extemporánea. |
07/02/2018 19:16 Escrito por: rjg14 |
Gracias. Entonces es justo comp pensaba. Es que hay bastantes compañeros que piensan que no..., se ahí mi duda. Gracias!!! |
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