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Seguridad Social y Sistema RED

Normal trabajador que pasa a incapacidad permante total

21/08/2018
14:28

Escrito por:
ALHAMA

ALGUIEN QUE ME AYUDE: ¿ COMO REPERCUTE EN LA EMPRESA EL QUE UNA TRABAJADORA FIJ DISCONTINUA PASE A LA SITUACIÓN DE INCAPACIDAD PERMANTE TOTAL?

28/08/2018
18:13

Escrito por:
sangil

La declaración de incapacidad permanente total (IPT) y de acuerdo a lo previsto en el art. 137.1.b) (1) del Real Decreto Legislativo (RDLeg) 1/1994, de 20 junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRGSS) -RDL 1994/16443-, ampara la automática extinción del contrato de trabajo y tal como establece el art. 49.1.e), del Estatuto de los Trabajadores (ET) -RDL 1995/13475-, precepto que además la equipara a otros supuestos en cuanto a sus efectos extintivos.

No obstante, hay que comprobar el convenio colectivo de aplicación y analizar si la situación viene de enfermedad común o de accidnte laboral, por posible derechos a indemnizaciones o seguros de convenio.

En algunos casos, la empresa puede ofertar otro puesto de trabajo, distinto del habitual que ha generado la resolución, y para el cual esté apto el trabajador.

29/08/2018
11:19

Escrito por:
ALHAMA

GRACIAS SANGIL, la duda se me plantea porque se trata de una trabajadora fija discontinua, aun no habia sido llamada este año, entonces como en el caso de los fijos discontinuos su contrato esta suspendido no sabia si tengo alguna obligación adicional.

Respecto del convenio, establece indemnizaciones en el caso de invalidez que tengo solicitada a la compañia de seguros y que no se como se va a entender por lo mismo no estaba trabajando en el momento de la declaración de Invalidez

29/08/2018
14:06

Escrito por:
sangil

La trabajadora con contrato suspendido mp genera obligación alguna: si no hay nómina no hay salario ni cotización. Sólo la obligación de mantener vigente el seguro de convenio.

La compañía de seguros, si la trabajadora está vigente, y lo está, aunque con contrato suspendido, debe responder a las obligaciones de la póliza, es decir, hacer efectivo el pago de la indemnización asegurada.

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