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06/10/2011 11:28 Escrito por: guso |
Hola a todos: Un trabajador fijo en IT del Regimen Agrario. La prestación la está pagando de forma directa la entidad gestora, pero: ¿Como se realiza la cotización? |
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06/10/2011 11:48 Escrito por: smi |
Si se trata de enfermedad común o accidente no laboral, el INSS o Mutua empieza a pagarle al trabajador en pago directo a partir del 16 día de la baja, por lo tanto los primeros 15 días corre a cargo exclusivo de la empresa y sólamente se cotiza según los días que previsiblemente que iba a trabajar (dentro de esos primeros 15 días) de la siguiente manera: -Contingencias Comunes: NO COTIZA -La base de cotización durante estas situaciones será el resultado de div¡dir la base del mes anterior por el nº de días cotizados y se multiplicará por el nº de días en IT. -La empresa deberá ingresar, además de las cuotas de AT y EP y FOGASA, la cuota total por desempleo, tanto la aportación a su cargo como la aportación del trabajador, debiendo descontar del importe de la prestación la cuota a cargo del trabajador por dicha contingencia. -No corresponde REDUCCIÓN mientras esté en esta situación. |
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