04/06/2019 19:33 Escrito por: jotatas |
Por favor,¿me podeís ayudar? a la secretaria de una empresa se le olvidó decirnos que dierámos de alta a un trabajdo con fecha 2 de mayo. Por echarle un cable y evitarle una bronca con jefes he pensado darle de alta fuera de plazo y hacer un escrito por buzón corporativo explicando el error. Pero creéis que tendrá consecuencias y mandarán sanción o inspección?. Es que no tengo experiencia en eso, y no sé si será peor el remedio que la enfermedad. |
05/06/2019 09:11 Escrito por: yomisma76 |
626 euros de sanción no hay quien te los quite. |
05/06/2019 18:16 Escrito por: bogie |
y ademas no se lo tendran en cuenta para nada, |
06/06/2019 07:57 Escrito por: MRM |
Un alta fuera de plazo no te la van a quitar, por lo que a todos los efectos saldrá el día en el que la curses. A menos que se hayan ingresado las cuotas correspondientes de dicho trabajador en cuyo caso si que se corregiría a la fecha real. |
06/06/2019 13:11 Escrito por: jotatas |
No se han ingresado porque es de mayo y los seg.soc. no los tengo todavía, osea, que los seguros se pagarían sin problemas. Lo que quería saber es si tendrá consecuencias por sanción o inspección, y al final que la empresa se diera cuenta del fallo. |
06/06/2019 13:41 Escrito por: ramsey |
En movimientos de alta tramitados fuera de plazo NUNCA se modificará la fecha de efectos del alta cuando no se hubiera comunicado a la TGSS a través del Sistema RED el inicio de la prestación de servicios con carácter previo. Salvo meliori |
06/06/2019 18:39 Escrito por: jotatas |
Muchas gracias por vuestras contestaciones.- |
10/06/2019 11:40 Escrito por: Info_As |
Yo que tu no me arriesgaba....la sancion son 626€y a nosotros nos vino a modo de Inspección, citando exclusivamente a ese trabajador...no valió ninguna alegación, solo hubiera valido si la transmision hubiera sido por fichero por Siltra previo y fuera algun error...o el contrato registrado previo...en fin, si no hay nada de eso no te compliques. |
17/06/2019 14:27 Escrito por: mamen |
al hilo de lo que estais hablando, olvidamos dar un alta, el contrato se registró en plazo ante el SEPE.... llegó la inspeccion mes y medio despues y claro el trabajador no estaba de alta, la sancion han sido tres mil y pico... se recurrio aludiendo que fue un descuido un mero tramite que faltó ... que el contrato se registró en plazo que no se ha dejado de ingresar cuotas del trabajador... LA INSPECCION DE TRABAJO DICE QUE SON DOS TRAMITES DISTINTOS Y QUE EL HACER UNO NO IMPLICA QUE NO SE HAGA EL OTRO...o sea que estamos vendidos |
18/06/2019 09:55 Escrito por: Info_As |
Madre mia! es increible....y esa sanción tan alta...ya vamos a tener que trabajar con un miedo increible son fallos humanos hombre...no somos maquinas de trabajo! en fin... |
Página 1 de 2 | Siguiente Última |