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05/02/2026 11:04 Escrito por: javier69 |
BUENOS DIAS,EL CONVENIO DICE: Las contribuciones correspondientes a los meses del año 2025 anteriores a la publicación del presente acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado" se ingresarán en la Entidad Depositaria dentro de los 90 días siguientes a dicha publicación; las correspondientes a los meses posteriores a la citada publicación, así como las del año 2026, se ingresarán en la fecha indicada en el artículo 28.4 del Reglamento de Especificaciones del Plan de Pensiones de Empleo Simplificado del Sector de la Construcción contenido en el artículo 240 del presente convenio. QUE TENEMOS QUE INGRESARLAS EN MARZO-2026???(BOE 10-12-2025) |
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05/02/2026 17:12 Escrito por: anular |
Buenas tardes, Lo que interpreto por lo dices, que son unos " atrasos" y como tal un plazo para liquidarlos. De tres meses(90 dias), desde la feccha publiación. Marzo 2026. Teoricamente puedes pagar de golpe en marzo 2026, maximo de plazo. Pero se podria y creo que es mejor hacerlo mes a mes, que no de golpe. Post: que ganas de complicar la vida, total para la "caixa " gano la subasta, por es el unico que vale. Que hizo sus números de cuanto iban van a ganar. El trabajador no lo puede rescatar hasta jubilacion, invalidez " grande" o fallecimiento. Mientras que el rendimiento es practicmante cero. Y tienen cientos de millones de € "paralizados " para su propio beneficio. ( noticia de internet en 10 años el fondo tendra 3.000 millones, me quede muy corto ). TODO POR LA PASTA.
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05/02/2026 17:25 Escrito por: javier69 |
DESDE LUEGO QUE RAZON LLEVASSSSS. GRACIASSSSS |
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